BOLETÍN OFICIAL Nº 79 – 21/07/2014

Dr. Ricardo Sebastián Cabana-Juez-Juzgado de Primera Instancia en los Civil y Comercial Nº 4-Secretaría Nº 7, en el EXPTE. Nº B-265.974/11 caratulado: EJECUTIVO: CARSA S.A. C/VARGAS, WALTER CIRILO”, hace saber al Sr. WALTER CIRILO VARGAS que se ha dictado el siguiente proveído: “San Salvador de Jujuy, 19 de Febrero de 2014. Habiéndose agotado la vía dispuesta por el art.162 del C.P.C., y lo solicitado precedentemente, notifíquese el proveído de fs.16 mediante edictos que deberán ser publicados por tres veces consecutivas en cinco días en el Boletín Oficial y en un diario local, haciéndole saber al accionado que deberá presentarse (a hacer valer sus derechos), bajo apercibimiento de nombrársele al Defensor Oficial como su representante con quien se seguirá el juicio (art.474 del C.P.C.).-Notifíquese (art.154 C.P.C.).-“Fdo. Dr. Ricardo Sebastián Cabana-Juez-Ante Mi: Dra. María Victoria Nager. Proveído de fs. 16: “San Salvador de Jujuy, 6 de Febrero del 2012. Téngase por presentado el Dr. MARTÍN ESTEBAN SODERO, en nombre y representación de la firma CARSA S.A., a mérito del Poder General para Juicios que en fotocopia juramentada acompaña. De conformidad a lo previsto por los Arts.472, 478 y s.s. del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra del demandado Sr. VARGAS WALTER CIRILO en el domicilio denunciado por la suma de PESOS UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS CON OCHENTA Y DOS CTVOS. ($1.476,82) en concepto de capital reclamado, con mas la suma de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES CON CUATRO CTVOS. ($443,04) presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio…Cíteselo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de Cinco Días, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4, Secretaría Nº 7, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Por el mismo término, intimase a constituir domicilio dentro del radio de los Tres kilómetros de asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art.52, haciéndole saber que los días de notificación en Secretaría son los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado…A la solicitud de embargo preventivo del punto V de la demanda, no ha lugar.-Notifíquese.-“Fdo. Dr. Roberto Siufi-Juez-Ante mi: Dra. Mariana del Valle Drazer-Secretaria.-Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por TRES (3) VECES en CINCO (5) DÍAS.-San Salvador de Jujuy, 28 de Marzo de 2014.-

21/23/25 JUL. LIQ. Nº 118418 $135,00.-