BOLETÍN OFICIAL Nº 74 – 07/07/2014

DE ACUERDO A RESOLUCIÓN Nº 139/2014 de la Dirección Provincial de Calidad Ambiental: Proyecto: AMPLIACION DE PLANTA DE TRATAMIENTO DE LIQUIDOS CLOACALES-CONSTRUCCION DE NUEVAS LAGUNAS FACULTATIVAS Y REFUERZO CLOACA MAXIMA-LA ESPERANZA-DPTO. SAN PEDRO.-Objeto: La obra tiene como principal objetivo dar una solución definitiva al tratamiento de líquidos cloacales de la localidad de La Esperanza y de gran parte de los nuevos complejos habitacionales de la ciudad de San Pedro. Esta obra posibilitará que un mayor número de familias accedan al servicio, mejorando de esta manera la calidad de vida de la población, sobre todo en los aspectos relacionados con la salud.-Descripción de la Obra: La obra proyectada consiste en la incorporación de una batería de tres (3) nuevas lagunas facultativas que se incorporan al sistema ya existente. Cada laguna tendrá una superficie de 70 x 180 mts, con una profundidad promedio de 1,50 mts. y estarán conectadas entre si y con el sistema existente a través de cámaras de interconexión.-Asimismo esta obra incluye el refuerzo del colector cloacal existente (entre La Esperanza y las Lagunas Facultativas) a través de un nuevo colector, paralelo al actual, de aproximadamente 5.600 mts. de longitud, que consta de la construcción de 37 nuevas bocas de registro y la instalación de cañería de PVC cloacal Ø 400 mm.-Debido a las condiciones climáticas, óptimas para este tipo de tratamiento, se prevé la permanencia de los líquidos en el sistema por un término de 15 días, lo que garantiza la remoción de contaminantes, virus, bacterias y patógenos.-La disposición final de los efluentes tiene la posibilidad de favorecer el riego agrícola de la zona (plantación de caña de azúcar) o bien tener como destino final la cuenca del Río Grande.-Población a servir: La obra ha sido diseñada para atender la demanda de una población futura de 21.450 habitantes.-El Estudio del Impacto Ambiental se encuentra a disposición del público en general en oficinas de la DIRECCION PROVINCIAL DE CALIDAD AMBIENTAL-SECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL, sita en Avenida Párroco Marshke N° 1270 de la ciudad de San Salvador de Jujuy, para su consulta y formulación de observaciones por parte de los interesados durante 10 días hábiles contados a partir de la fecha de la última publicación en el Boletín Oficial.-Fdo.: Gines Fernando Rosenbluth-Presidente del Directorio-Agua de los Andes S.A.

02/04/07 JUL .LIQ. Nº 118269 $135,00.-

Dra. María Gabriela Sanchez de Bustamante, Juez Habilitada de la Sala I Cámara Civil y Comercial de la ciudad de San Salvador de Jujuy y Presidente de Trámite en el EXPTE. Nº B-279.726/12: caratulado: “ORDINARIO POR USUCAPIÓN en B-191.793/08: ENRIQUE, MARINA ERNESTINA c/HERBAS, MÁXIMA JULIANA y quienes se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir”, ubicado en Finca La Falda y El Volcán, Departamento de Tumbaya de esta Provincia de Jujuy, individualizado como: Circunscripción 3, Sección 2, Parcela 7b, Fracción 2da, Padrón H-1059, Matrícula H-330, la siguiente providencia:”SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 de junio de 2.014. Avocase la suscripta proveyente a conocimiento de autos como Vocal Presidente de Trámite. Al escrito de fs. 133: Atento el informe actuarial y lo solicitado, hágase efectivo el apercibimiento dispuesto a fs. 70, segundo párrafo. En consecuencia, dése a “todos los que se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir” por decaído el derecho a contestar la demanda incoada en su contra (Art.298 del C.P.Civil). Notifíquese la presente por Edictos y las posteriores providencias por Ministerio de ley. A tales fines, publíquense EDICTOS en el Boletín Oficial y en un diario local por Tres Veces en cinco días, haciéndose saber que se tendrá por notificado a partir de la última publicación de los mismos (Art.162 C.P.C.). Oportunamente, se designará como su representante al Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes. Notifíquese por cédula.-Fdo. Dra. MARÍA GABRIELA SÁNCHEZ DE BUSTAMANTE-Juez Habilitada-Ante mí: Dra. MARCELA VILTE-Secretaria”.-Publíquese Edictos en el Boletín Oficial y en un Diario local por tres veces en cinco días.-San Salvador de Jujuy, diecinueve de junio de 2.014.-

04/07/11 JUL. LIQ. Nº 118294 $135,00.-