BOLETÍN OFICIAL Nº 73 – 04/07/2014
Dr. Ricardo Sebastián Cabana, Juez Civil y Comercial Nº 4 Secretaria Nº 7 de la Provincia de Jujuy, en el EXPTE. Nº B-224.746/11, caratulado: “EJECUTIVO: CARSA S.A. C/LLANOS OSCAR ALFREDO” Notifíquese mediante Edictos que deberán publicarse en el Boletín Oficial y un diario local, Tres veces en Cinco días, para cuyo caso el término del emplazamiento comenzará a correr a partir del Quinto día de la última publicación, a la parte demandada Sr. LLANOS OSCAR ALFREDO, D.N.I. Nº 23.334.889, del proveído a fs. 12.-: “San Salvador de Jujuy, de ABRIL de 2011.-Téngase por presentado el DR. FRANCISCO SAIDMAN ROS, en nombre y representación de CARSA S.A., a merito del Poder Gral. Para juicios que acompaña, por constituido domicilio legal y por parte. De conformidad a lo previsto por los arts. 472, 478 y s.s. del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra del demandado SR/A EFRAIN MONROY, en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS DOS MIL DOCE CON QUINCE CTVOS ($2.012,15)-concepto de capital reclamado con más la suma de PESOS SEISCIENTOS TRES CON SESENTA Y CUATRO CTVOS ($603,64) para acrecidas legales y costas del juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre los bienes de propiedad del demandado hasta cubrir ambas cantidades, debiendo designar depositario judicial de los mismos al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley.-Asimismo, requiérasele manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o de los acreedores y cíteselo para que en el termino de CINCO DIAS, contados a partir de su notificación, concurra ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4, Secretaria Nº 7 a oponer excepciones legítimas si las tuviere bajo apercibimiento de llevarse adelante la presente ejecución.-Asimismo, córrase traslado, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.-Por igual término, intímeselo a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres km. del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 52, haciéndole saber que los días de notificación los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al SR. OFICIAL DE JUSTICIA y/o JUEZ DE PAZ con las facultades de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza publica en caso de ser necesario.-Notifíquese.- FDO. Dr. ROBERTO SIUFI: JUEZ. ANTE MI Dra. MARIANA DEL VALLE DRAZER: PROSECRETARIA.”.-Publíquese edictos, en el Boletín Oficial y en un Diario oficial, por tres veces en cinco días.-San Salvador de Jujuy, 18 de Marzo de 2014.-Dra. MARIA VICTORIA NAGER, Secretaria.-
30 JUN. 02/04 JUL. LIQ. Nº 118233 $135,00.-








