BOLETÍN OFICIAL Nº 72 – 02/07/2014
Dra. Silvia Elena Yecora, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2, Secretaria Nº 4, en el EXPTE. Nº C-016475/2013 caratulado EJECUTIVO: BANCO SANTANDER RIO S.A. c/MANUEL RAMON GOMEZ, ordena se notifique al Sr. GOMEZ MANUEL RAMON la siguiente PROVIDENCIA: San Salvador de Jujuy, 27 de febrero de 2014.-1.-Téngase por presente el informe actuarial que antecede.-2.-Por presentado el Dr. INSAUSTI CARLOS, por parte, en nombre y representación del BANCO SANTANDER RIO S.A. a merito del Poder Gral. para juicio que acompaña y por constituido domicilio legal.-3.-Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los art. 472 inc 4º, 478 y correlativos del CPC, líbrese en contra del demandado GOMEZ MANUEL RAMON, mandamiento de pago, ejecución y embargo, y con las formalidades de ley, proceda a requerirle el pago de la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($34.235,68) en concepto de capital reclamado con más la suma de PESOS DIECISIETE MIL CIENTO DIECISIETE CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS ($17.117,84) calculados provisoriamente para responder a intereses legales y costas del presente juicio.-En defecto de pago, trábese Embargo sobre bienes de propiedad del demandado, hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial a la propia parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo, con las formalidades y prevenciones de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o de los acreedores y CÍTESELO DE REMATE para que dentro del plazo de CINCO DÍAS, comparezca ante este Juzgado y Secretaria Nº 4, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución.-4.-Asimismo intimase al demandado a constituir domicilio legal dentro del radio de TRES KILÓMETROS del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificárselo por Ministerio de la Ley (Art. 52 y 154 del CPC)-5.-Al efecto comisiónese al Sr. Oficial de justicia con facultad para allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuere necesario.-6.-Notifíquese Art. 154 del C.P.C. Firmado Dra. Silvia Elena Yecora Juez ante mi DRA. BEATRIZ BORJA, SECRETARIA.-Notificaciones en Secretaria: Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.-Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario local por TRES VECES en CINCO DÍAS.-San Salvador de Jujuy, 09 de Junio del 2014.-
30 JUN. 02/04 JUL. LIQ. Nº 118196 $135,00.-








