BOLETÍN OFICIAL Nº 71 – 30/06/2014

Dr. Juan Pablo Calderon-Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Numero Uno, Secretaria Numero Uno, de la Provincia de Jujuy. Hace saber a ROMERO HILDA, DNI 2.032.000, que en el REF. EXPTE. Nº B-223646/11, caratulado: EJECUTIVO: CREDINEA S.A. C/ROMERO HILDA, se ha dictado la siguiente providencia: SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 DE MAYO DE 2011.-Por presentado el DR. FRANCISCO SAIDMAN ROS en nombre y representación de CREDINEA S.A. a mérito de copia debidamente juramentada de Poder General para juicios y trámites administrativos que se acompaña, por constituido domicilio legal y por parte. De conformidad a lo previsto por los arts. 472 478 y 480 del C.P.C. líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra del demandado SRA. ROMERO HILDA D.N.I. 2.032.000 por la suma de PESOS SEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UNO CON CINCUENTA CVOS. ($6.471,50) en concepto de capital y con más la de PESOS UN MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y UNO CON CUARENTA Y CINCO CVOS. ($1.941,45) presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. En defecto de pago, TRABESE EMBARGO sobre bienes de propiedad del demandado hasta cubrir ambas cantidades designándose depositario judicial al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley. Asimismo requiérase la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores y cíteselo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de CINCO DIAS, en éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº1, Secretaria Nº1, bajo apercibimiento de mandar a llevar adelante la ejecución. Córrasele traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual término que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Por el mismo término intímase a constituir domicilio legal dentro del radio de los TRES KM del asiento de éste Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art.52 del ítem. Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónase al SR. OFICIAL DE JUSTICIA, con las facultades inherente del caso. Notificaciones en Secretaría Martes y Jueves o el siguiente día hábil, si alguno fuere feriado. Actuando el principio contenido en el primer párrafo del art.72 del C.P.C. (por analogía art.137 del C.C.N.) impónese al proponente la carga de confeccionar el mandamiento correspondiente para su posterior control y firma el que deberá presentarse por Secretaria en el término de cinco días. Notifíquese, art. 154 del C.P.C.-FDO. DRA. CRISTINA MARCO-Juez Por Habilitación-Ante mi M. JOSEFINA VERCELLONE-Secretaria-Publíquese edictos en el Boletín Oficial y en un diario local de amplia circulación, por TRES (3) VECES en CINCO (5) DÍAS.-San Salvador de Jujuy, 13 de Marzo del 2014.-

27/30 JUN. 02 JUL. LIQ. Nº 118225 $135,00.-