LEY N° 2144

LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE:
L E Y N° 2144 / 1951
ARTICULO 1°.- Préstase acuerdo para los gastos de Jueces de la Cámara
en lo Civil y Comercial a los Doctores: OSCAR CARRILLO, CARLOS MARCELO
QUEVEDO CORNEJO y MARIO GERONIMO CERVINI.
ARTICULO 2°.- Préstase acuerdo para el cargo de Jueces de la Cámara en
lo Criminal a los Doctores: ARMANDO MEYER, ROGER GUILLERMO ZENARRUZA y
SILVIO RENE SPANGENBER.
ARTICULO 3.- Designanse Jueces del Tribunal del Trabajo a los
Doctores: CARLOS ELEUTERIO NEUMAYER y CESAR AUGUSTO D`ABATE
ARTICULO 4.- Préstase acuerdo para el cargo de Juez en lo Civil y
Comercial de Primera Instancia al doctor ANGEL CARLOS BERTACNI.
ARTICULO 5.- Préstase acuerdo para el cargo de Jueces de Instrucción
en lo Penal a los doctores: JUAN OSCAR ARENAZA y ADOLFO KESELMAN.
ARTICULO 6.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 de junio de 1951.-
MARCOS R. PAZ
Secretario
JUAN JOSE CASTRO
Presidente