BOLETÍN OFICIAL Nº 70 – 27/06/2014
Dr. Juan Pablo Calderon-Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, Secretaria Nº 2, de la Provincia de Jujuy, en el “REF. EXPTE. Nº B-268962/12, caratulado: EJECUTIVO: CREDINEA S.A C/SEGOVIA MARTIN”. Hace saber al SR. SEGOVIA MARTIN D.N.I. 20.106.092 que en este Juzgado se tramita la presente causa, en la que se ha dictado la resolución que se transcribe a continuación: “San Salvador de Jujuy, 10 de Mayo de 2.012.1.-Por presentada la Dra. SILVANA LUCIA DI PASQUO, por constituido domicilio legal y por parte, como apoderada de CREDINEA S.A., a mérito de la copia debidamente juramentada de Poder General para Juicios que se agrega a la presente causa.2.-De conformidad con lo previsto por los arts. 472, 478 y 480 del C.P.C, líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra del demandado Sr. MARTIN SEGOVIA, en el domicilio denunciado por la suma de Pesos: DOS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES CTVOS. ($895,83), presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. En defecto de pago, TRABESE EMBARGO sobre bienes de propiedad del demandado hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades.3.-Asimismo requiérase la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores y cítaselo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del termino de CINCO DIAS, con más TRES DIAS en razón de la distancia en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº1, Secretaria Nº2, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.4.-Córrasele traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.5.-Por el mismo término intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de los TRES KILOMETROS del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art.52 del ítem.6.-Para el cumplimiento de lo ordenado, comisionase al Sr. Juez de Paz de Susques, con las facultades inherentes del caso.7.-Notificaciones en Secretaría Martes y Jueves o el siguiente día hábil si Alguno fuere feriado.8.-Conforme el principio contenido en el primer párrafo del Art.72 del C.P.C., impónese al solicitante la carga de confeccionar el mandamiento correspondiente para su posterior control y firma, el que deberá presentarse en Secretaría en el término de CINCO DIAS.-9.-Notifíquese art.154 del C.P.C.-FDO. DRA CRISTINA MARCO-JUEZ POR HABILITACIÓN-ANTE MI DRA. MARIA MERCEDES NUÑEZ ANGEL PROSECRETARIA-Publíquese por Edicto en el Boletín Oficial y en un diario local, tres veces en el término de cinco días.-Secretaría Nº 2.-San Salvador de Jujuy, 11 de Marzo de 2.014.-
27/30 JUN. 02 JUL. LIQ. Nº 118224 $135,00.-








