LEY Nº 2137

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 2137/1951
ARTICULO 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir gratuitamente
al Estado Nacional Argentino con destino a la ampliación de la sede
del Sexto Distrito de la Administración General de Vialidad Nacional,
el terreno fiscal individualizado como lote Nº 1 de la manzana 85 del
plano oficial de la ciudad de San Salvador de Jujuy, de 5.113 metros
cuadrados de superficie aproximadamente a lo que resulte dentro de los
siguientes linderos; al Norte la Avenida Coronel Mariano Santibáñez,
al Sud calle Arenales, al Este Administración General de Vialidad
Nacional y al Oeste calle General Paz.
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
Sala de Sesiones, San Salvador de Jujuy, 13 de junio de 1951.
MARCOS R. PAZ
Secretario
JUAN JOSE CASTRO
Presidente
H. Legislatura