BOLETÍN OFICIAL Nº 61 – 04/06/2014
Dra. RUTH ALICIA FERNANDEZ, Juez de la Vocalía 1, de la Sala I del Tribunal en lo Contencioso Administrativo de la Provincia de Jujuy, en el Expediente N° C-018670/14 caratulado: “Expropiación: Estado Provincial c/Pasquíni María Amalia”, a la Sra. MARIA AMALlA PASQUINI le notifica los proveídos que a continuación se transcriben: PROVEIDO DE FS. 41: “…San Salvador de Jujuy, 21 de mayo de 2014. Atento lo resuelto por el Superior Tribunal de Justicia conforme constancias de fs.36/39, y lo solicitado por el Estado Provincial a fs. 40, prosígase el trámite del presente según su estado, en consecuencia notifíquese a la accionada -María Amalia Pasquini- del proveído de fecha 12/02/14 y el presente mediante edictos, los que deberán publicarse tres veces en cinco días, en el Boletín Oficial y en un periódico de circulación local (artículo 162 del C.P.C.). Asimismo hágase saber a las partes que el Tribunal ha quedado integrado por la suscripta como presidente de trámite, el Dr. David Jorge Casas como segundo Juez y el Dr. Sebastián Damiano para el caso de disidencia (Ley N° 5607/09 Y Ac. ST J N° 59/09). Notifíquese por cédula. Diligencias a disposición en Secretaria.”. FDO. Dra. RUTH ALICIA FERNANDEZ -JUEZ – Ante mi: Dr. NICOLAS BALDERRAMA – PROSECRETARIO PROVEIDO DE FS. 19: “San Salvador de Jujuy, 12 de febrero de 2014. Por presentado el Dr. Hugo Alberto Lara en representación del Estado Provincial, a mérito de la copia juramentada de Decreto N°379-G-84 obrante a fs. 3, con el patrocinio letrado del Dr. Enrique Gerardo Mezzena, por constituido domicilio legal y por parte. Atento lo solicitado en Capítulo II -Exordio- (fs. 16/16 vta.), póngase al Estado Provincial – en posesión del Lote 967, con una superficie de 5.186,26 m2, que se disgrega del inmueble de mayor extensión, Circunscripción 1, Sección 9, Parcela 887, Padrón P-69.516, Matrícula P-15069, según Plano de Mensura N° 13070, para lo que se comisiona a tales fines al Sr. Juez de Paz de la ciudad de Palpalá con las facultades de ley, librándose el respectivo mandamiento (art. 49 de Ley N°3018 t.o). Hágase saber a los accionados del depósito efectuado por el Estado Provincial, por la suma de $65.322,00, según constancia obrante a fs. 2. Asimismo se hace saber a los ocupantes del lote individualizado precedentemente que deberán proceder al desalojo del mismo en el plazo de diez (10) días de notificado del presente (art. 50 de la Ley N°3018). Pasen los autos a conocimiento de los Dres. David Jorge Casas y Sebastián Damiano a fin de que expresen si tienen causal de excusación. Notifíquese por cédula y líbrese mandamiento con expresa habilitación de días y horas. FDO. Dra. RUTH ALICIA FERNANDEZ -JUEZ- Ante mi: DRA. JUANA QUINTANA DE CAMPERO-SECRETARIA”: S.S. de Jujuy, 21 de Mayo de 2014.-Publíquese tres veces en cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia y en un periódico de circulación local.-
02/04/06 JUN. S/C.-








