BOLETÍN OFICIAL Nº 68 – 23/06/2014

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaria Nº 14, en el EXPTE. N° B-274052/13, Caratulado: “EJECUTIVO: RUGGERI, GUSTAVO JOSE c/DIAZ, CARLOS ADRIAN”, se hacer saber al demandado SR. CARLOS ADRIAN DIAZ la siguiente PROVIDENCIA: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 de Abril de 2.014.-I.-Proveyendo la presentación de fojas 28: Atento lo manifestado y constancias de fojas 17/18, 219/20 y 25/27, notifíquese la providencia de fojas 7 al demandado Sr. CARLOS ADRIAN DIAZ mediante Edictos-Art. 162 del C.P.C..-Notifíquese y expídase Edictos-Fdo. Dra. LIS VALDECANTOS BERNAL-Juez-Ante mi: Esc. NADIA TORFE-Secretaria por Habilitación”.-PROVIDENCIA DE FOJAS 7: “S. S. DE JUJUY, 23 de mayo de 2.013.…líbrese mandamiento de pago, ejecución, embargo y citación de remate en contra del demandado Sr. CARLOS ADRIAN DIAZ en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS: TRES MIL QUINIENTOS ($3.500), en concepto de capital con mas la suma de PESOS: MIL CINCUENTA ($1.050) calculada provisoriamente para acrecidas y costas del juicio.-II.-En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes muebles de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial al propio afectado, en caso de negativa, a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndose la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores, cíteselo de remante para que en el término de CINCO DIAS, concurra ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7, Secretaria N° 14, a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante este ejecución.-III.-Córrasele traslado del pedido de intereses, gastos y costas por igual termino que el antes mencionado, con la copia respectiva y bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.-IV.-Asimismo y también por el mismo plazo señalado se intimará a la demandada para que constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KILOMETROS del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificársela en lo sucesivo por Ministerio de Ley (Art. 52 del ítem).-V.-Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al Sr. Juez de Paz con jurisdicción en PALPALA, con los recaudos legales.-VI.-Notifíquese y Ofíciese.-Fdo. Dra. LIS VALDECANTOS BERNAL-Juez-Ante mi Dra. TERESA LEWIN NAKAMURA-Secretaria.-Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art. 162 del C.P.C.) por tres veces en el término de cinco días. Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos.-Secretaria: Esc. Nadia Torfe.-San Salvador de Jujuy, 15 de Abril de 2014.-

23/25/27 JUN. LIQ. Nº 118170 $135.00.-