LEY Nº 2102

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 2102/1950
ARTICULO 1º.- Amplíase a la suma de seiscientos mil pesos moneda
nacional ($600.000.- m/n.), la Partida 9, Item 12, Inciso XIII, Anexo
C “Crédito Adicional” del Presupuesto Nº 112-1949, con fondos de
sueldos no invertidos durante el presente Ejercicio.
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
Año del Libertador General San Martín
Sala de Sesiones, San Salvador de Jujuy, 21 de diciembre de 1950.
MARCOS R. PAZ
Secretario
FRANCISCO GIMÉNEZ
Vicepresidente 1º de la
H. Legislatura