BOLETÍN OFICIAL Nº 62 – 06/06/2014

Dr. JUAN PABLO CALDERON-Juez De Primera Instancia En Lo Civil Y Comercial Nº 1-SECRETARIA Nº 2, de la Provincia de Jujuy, en el EXPTE. Nº B-236723/10 caratulado,”EJECUTIVO: CREDINEA S.A. C/MARTINEZ, NOEMI ELIZABETH”, hace saber que en este Juzgado se tramita la presente causa, en la que se ha dictado la resolución que se transcribe a continuación: “San Salvador de Jujuy, 05 de Marzo de 2.014.AUTOS Y VISTOS…RESULTA… CONSIDERANDO…RESUELVE: I.-Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por CREDINEA S.A., en contra de la Sra. NOEMI ELIZABETH MARTINEZ, hasta hacerse del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS: UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON CINCUENTA CTVOS. ($ 1.999,50.-), con más el interés promedio de la tasa activa que establece el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos comerciales (Art. 509 del C.Civil) y el cincuenta por ciento (50%) en razón de los punitorios, desde la mora y hasta el efectivo pago.  II.-Regular los honorarios profesionales de la Dra. LUCIA DI PASQUO, en la suma de PESOS: UN MIL ($1.000,00), por la labor desarrollada en autos, conforme Acordada nº 16/11 del Superior Tribunal de Justicia. Dicho monto ha sido fijado a la fecha de la presente, por lo que solo en caso de mora, devengará un interés conforme a la Tasa Activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, conforme a la Doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en (L.A. Nº 54, Fº 673/678, Nº 235, en Expte. Nº 7096/09, caratulado: Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Expte. Nº B-145731/05 (Sala I-Trib. del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/Achi, Yolanda y otro), con más I.V.A. si correspondiere. III.-Hacer efectivo el apercibimiento ordenado a fs. 13, mandándose notificar la presente Resolución por Edictos y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.-IV.-Firme la presente, intímase a la parte Actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de cinco días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente. V.-Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).-VI.-Agregar copia en autos, hacer saber, etc.-Fdo. Dr. Juan Pablo Calderon, Juez, ante mi Dra. Olga Beatriz Pereira, Secretaria-Publíquese por Edicto en el Boletin Oficial y en un diario local, tres veces en el término de cinco días.-Secretaría Nº 2, Dra. Olga Beatriz Pereira.-San Salvador de Jujuy, 05 de Marzo de 2.014.-

06/09/11 JUN. LIQ. Nº 118008 $ 135,00.-