BOLETÍN OFICIAL Nº 59 – 30/05/2014

EL TRIBUNAL DEL TRABAJO DE LA PROVINCIA DE JUJUY, SALA III, en el Expte. N° Nº C-003429/13 caratulado: “Despido: VARGAS, JORGE C/BRIQUETAS CONIMEX S.A.”, notifica a la accionada BRIQUETAS CONIMEX S.A., los siguientes decretos: SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 de Mayo de 2014.-Téngase presente lo solicitado por la Actora a fs. 167, y notifíquese como se pide, facúltase para la confección y diligenciamiento de los mismos a la Dra. ANGELA BEATRIZ DOMÍNGUEZ y/o la persona que la misma indique.-II.-Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. Gastón Agustín Galíndez JUEZ, ante mi Dra. Silvina Fascio PROSECRETARIA. fs. 68 y 75 mediante publicación de edictos en el Boletín Oficial y Diario local por tres veces durante CINCO DÍAS haciéndose saber que la medida se encuentra exenta del pago de tasas y sellados conforme disposiciones previstas en los arts. 24 del C.P.T. y 20 de la LCT.-Notifíquese por cédula.-DECRETO DE FECHA 3-6-13: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 3 de junio de 2013.-Téngase por presente a la Dra. ANGELA DOMINGUEZ, para obrar en nombre y representación de JORGE VARGAS, a mérito de Carta Poder que acompaña a fs. 2, por constituido domicilio legal y por parte. De la presente demanda entablada por JORGE VARGAS en contra de BRIQUETAS CONIMEX S.A. córrase traslado a la accionada en el domicilio denunciado a fin de que comparezca a contestarla en el término de QUINCE DÍAS con más VEINTE DÍAS en razón de la distancia, bajo apercibimiento de tenerla por contestada en los términos del art. 51 del C.P.T. En igual término intímesela a constituir domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros dentro del asiento de éste Tribunal, bajo apercibimiento de ser notificada por Ministerio de Ley. Dése intervención al Ministerio Público de Trabajo (art. 21 C.P.T.). Notifíquese a la accionada conforme lo dispone el art. 159 del C.P.C.-Queda facultada para la confección y diligenciamiento de la respectiva carta documento la Dra. Angela Domínguez, y/o la persona que ella designe.-Notifíquese por cédula. Fdo: Dra. Elba Rita Cabezas, Juez Habilitada. Ante Mí Dra. Silvina Fascio, Firma Habilitada”.-Publíquesen edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días. Se hace saber que la medida se encuentra exenta del pago de tasas y sellados conforme disposiciones previstas en los arts. 24 del C.P.T. y 20 de la LCT.-Dra. Silvina Fascio, Prosecretaria, 12 de Mayo del 2.014.-

26/28/30 MAY. S/C.-