BOLETÍN OFICIAL Nº 57 – 26/05/2014

DR. JUAN PABLO CALDERON, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 1, SECRETARIA N° 1, en los autos caratulados C-000346/113 EJECUTIVO: SOTO SEBASTIAN ALEJANDRO C/RUIZ JUAN RODRIGO¨, se hace saber al Sr. RUIZ JUAN RODRIGO, D.N.I. N° 30.176.875, la siguiente Resolución de fs. 07: ¨SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 de Marzo de 2.013.-I)El informe actuarial que antecede, téngase presente.-II)Proveyendo a la presentación que antecede, téngase por presentado el DR. MODENA MARTIN, en nombre y representación de SEABSTIAN ALEJANDRO SOTO, a mérito del Poder General para Juicios y trámites administrativos debidamente juramentado que a fs. 2 acompaña. Por constituido domicilio legal y por parte.-III)Conforme lo previsto por los arts. 472 y 478 del C.P.C. líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra del accionado JUAN RODRIGO RUIZ D.N.I. 30.176.875, por la suma de PESOS QUINCE MIL CON 00/100 CENTAVOS ($15.000,00) en concepto de capital con más la de CUATRO MIL QUINIENTOS CON 007100 CENTAVOS ($4.500,00) presupuestada provisoriamente para acrecidas y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre bienes de propiedad de los accionados hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley.- Asimismo, requiérasele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores. Asimismo, cítaselo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del plazo de CINCO DIAS, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1, Secretaría N° 1, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.-IV)Asimismo, córrasele traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.-Por el mismo término intimase a constituir domicilio legal dentro radio de los TRES KM del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 52 del Ítem.-V)Para el cumplimiento de lo ordenado, comisiónase al SR. OFICIAL DE JUSTICIA con facultades inherentes del caso.-VI)Actuando el principio contenido en el primer párrafo del art. 72 del C.P.C. (por analogía art.137 del C.C.N.) impónese al proponente la carga de confeccionar los mismos para su posterior control y firma los que deberán presentarse por Secretaría en el término de cinco días.-VI)Notifíquese Art. 154 C.P.C.-Fdo. Dr. Juan Pablo Calderon-Juez-Ante mi Dra. Maria Cecilia Farfan-Prosecretaria.-Publíquese EDICTOS en el Boletín Oficial y un Diario Local por TRES VECES en CINCO DIAS.-San Salvador de Jujuy, 14 de Marzo de 2014.-

23/26/28 MAY. LIQ. Nº 117392 $ 135,00.-