BOLETÍN OFICIAL Nº 54 – 19/05/2014
Dra. SILVIA E. YECORA, Juez en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2, de la Provincia de Jujuy, Secretaria nº 3, en el Expte. Nº B-239269/11 caratulado: “EJECUTIVO: CARSA S.A. C/NORMA DEL CARMEN JAUREGUI, hace saber a la SRA. NORMA DEL CARMEN JAUREGUI, D.N.I. Nº 13.121.224, que se ha dictado el siguiente PROVEIDO fs. 16: SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 DE DICIEMBRE DE 2011.-Por presentada la DRA. LUCIA DI PASQUO, por constituido domicilio legal y por parte en nombre y representación de CARSA. S.A., a mérito del Poder General para Juicios que en copia debidamente juramentada adjunta.-Tengase por cumplimentado por la DRA. LUCIA DI PASQUO, con lo ordenado a fs. 13 de autos.-Dese cumplimiento con lo ordenado en el apartado 2do. del proveido de fs. 13 y pasen…-Notifiquese (art.155 del C.P.C).-FDO.MARISA RONDON-JUEZ HABILITADA- ANTE MI PROC. GUSTAVO M. IBARRA.-SECRETARIO-ES COPIA. Proveido de fs. 19 SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 DE MAYO DE 2012.-Atento la demanda ejecutiva por cobro de pesos y lo dispuesto por los arts, 472, inc. 4, 478 y correlativos del C.P.C., líbrese en contra de la demandada SRA. Norma del Carmen Jáuregui, en el domicilio denunciado, mandamiento de pago y ejecución por la suma de PESOS CINCO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE CON VEINTE CENTAVOS ($5.337,20), por capital reclamado, con mas la suma de PESOS DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO CON SESENTA CENTAVOS ($2.668,60), calculados provisoriamente para acrecidas y costas.-En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre sus bienes, y los que serán denunciados en el acto hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley.-Asimismo citaselo de remate para que en el termino de de CINCO (05) DIAS de notificado comparezcan a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la presente ejecución .-Además requerirle manifestación sobre si los bienes embargado registran prendas o algún otro gravamen y que en su caso se indique monto, nombre y domicilio del acreedor prendario o Juez embargante.-A los efectos comisionase al Sr. Oficial de Justicia para allanar domicilio y hacer uso de la fuerza publica en caso de ser necesario.-Asimismo intimase a la demandada para que en el termino antes fijado constituya domicilio legal dentro del radio de TRES KILOMETROS del asiento de este Juzgado bajo apercibimiento de considerárselo notificado por Ministerio de LEY todas las resoluciones cualquiera sea su naturaleza (art.52 del C.P.C.).-Notifíquese (art. 154 del C.P.C.-FDO. DRA. MARISA RONDON-JUEZ-ante mi Dr. Gustavo M. Ibarra-Secretario-Proveído fs. 36, SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 DE FEBRERO DE 2014.-Atento a las constancias de autos y conforme se solicita en el escrito que antecede presentado por la DRA. SILVANA LUCIA DI PASQUO, ordenase la notificación por edictos a la demandada SRA. NORMA DEL CARMEN JAUREGUI, D.N.I. Nº 13.121.224, las partes pertinentes del proveído de fs. 16/19 y del presente, conforme lo prevé el art. 162 del C.P.C. de la Pcia.-En caso de que el antes nombrado no se presentare a ejercer sus derechos, se le designará en Defensor Oficial que por Turno corresponda.-Notifíquese art. 155 del C.P.C.-Fdo. Dra. Silvia E. Yecora-Juez-ante mi. Dr. Gustavo Ibarra.-Secretario.-Publíquese edictos en el Boletin Oficial y en un Diario Local de amplia circulación, por tres (03) veces en cinco (05) días.-San Salvador de Jujuy, 10 de febrero de 2.014.-
14/16/19 MAY. LIQ. Nº 117299 $ 135,00.-








