BOLETÍN OFICIAL Nº 51 – 12/05/2014

DRA. MARISA E. RONDON, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3, Secretaria Nº 5, de la Provincia de Jujuy, en el EXPTE. Nº B-236537/10, caratulado: “EJECUTIVO: CREDINEA S. A. C/ARQUIZA JUANA ALCIRA, hace saber al SRA. ARQUIZA JUANA ALCIRA el siguiente Decreto que a continuación se transcribe: S. S. DE JUJUY, 25 DE NOVIEMBRE DEL 2.010. Por presentado la Dr. DI PASQUO LUCIA, por parte a merito de la copia de poder que acompaña para actuar en nombre y representación de CREDINEA S.A y por constituido domicilio legal. De conformidad a lo que dispone el art. 472, 478 y 480 del C.P.C, líbrese mandamiento de intimación de pago, ejecución y embargo en contra de la accionado ARQUIZA JUANA ALCIRA en el domicilio denunciado por la suma de ($6.963,57) que se reclama por capital, con más la suma de PESOS SEIS MIL ($3.481,78) calculadas para acrecidas del juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes de propiedad de la misma, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial a la propia afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndoles a la ejecutada a que manifiesten sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso expresen monto, nombre y domicilio del o los acreedores. Asimismo, cíteselo de remate para que en el termino de CINCO DIAS oponga excepciones legitimas si las tuviere bajo apercibimiento de mandar a llevar adelante la ejecución.-Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.-Por el mismo termino intímeselo a constituir domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del Juzgado bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del idem. Notificaciones en Secretaria: Martes y/o Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.-A tal fin líbrese OFICIO con las facultades inherentes al caso.-Notifíquese (art. 154 del C.P.C.)-Notifíquese a la demandada por edictos que se publicaran en un diario local y en el Boletín Oficial por el término de tres veces en cinco días.-Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario local por TRES veces en cinco días.-Secretaria: Sec. Marta J. Berraz de Osuna.-San Salvador de Jujuy, 24 de febrero de 2.014.-

09/12/14 MAY. LIQ. Nº 117285 $ 135,00.-