LEY Nº 2093
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 2093/1950
ARTICULO 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a vender en subasta
pública los terrenos de propiedad fiscal ubicados en “La Tablada” de
esta ciudad, comprendidos: al Norte con la calle Santibáñez, al Sur
con la calle Salta, al Este con terrenos de Obras Públicas de la
Provincia y al Oeste con los pertenecientes al Regimiento 20 de
Infantería, en un todo de acuerdo con el plano de loteo confeccionado
por la Dirección General de Arquitectura.
ARTICULO 2º.- Tómese como base a los efectos de la subasta pública el
precio de Ochenta pesos moneda nacional ($80.- m/n.), el metro
cuadrado.
ARTICULO 3º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir hasta Un millón
de pesos moneda nacional ($1.000.000.-) m/n.), del producido de la
venta en el refuerzo del “Crédito Adicional” Anexo C, Inciso XIII,
Item 12, Partida 9. El saldo del producido de dichas ventas, será
destinado a las obras de urbanización y construcciones de locales
deportivos en el bajo del Río Grande.
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.
Año del Libertador General San Martín
Sala de Sesiones, San Salvador de Jujuy, 28 de setiembre 1950.
JUAN N. NOGUERA
Pro Secretario
FRANCISCO GIMENES
Vicepresidente 1º de la
H. Legislatura