BOLETÍN OFICIAL Nº 41 – 14/04/2014
Nº470: ESCRITURA NUMERO CUATROCIENTOS SETENTA: AUMENTO DE CAPITAL POR CAPITALIZACION DE APORTES IRREVOCABLES- MODIFICACION DE CONTRATO SOCIAL. PINAR S.R.L.- En la ciudad de San Salvador de Jujuy, capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil trece, ante mí, NORMA RAQUEL CHAVES DE LEDESMA, Escribana Pública Titular del Registro Número cuarenta y cuatro, COMPARECEN: los señores: FRANCISCO IVAN RODRIGUEZ, argentino, Documento Nacional de Identidad número 32.159.884, CUIL 20-32159884-2, soltero, JUAN ALBERTO RODRIGUEZ, argentino, Documento Nacional de Identidad número 28.495.588, CUIL 23-28495588-9, soltero, IVANA PAOLA RODRIGUEZ, argentina, Documento Nacional de Identidad número 35.911.547, CUIL 23-35911547-4, soltera, y GEOVANA BELEN RODRIGUEZ, argentina, Documento Nacional de Identidad número 37.508.478, CUIL 27-37508478-9, soltera, todos domiciliados en calle Iriarte N° 297 del barrio Gorriti de esta ciudad. Hábiles, mayores de edad y de mi conocimiento, doy fe. Como así también la doy de que los dos primeros lo hacen en el carácter de únicos socios de la firma PINAR Sociedad de Responsabilidad Limitada (CUIT 30-71198617-7) con domicilio social en Avenida Almirante Brown número 645 de esta ciudad.- Y el señor FRANCISCO IVAN RODRIGUEZ, en el carácter de Socio Gerente de PINAR Sociedad de Responsabilidad Limitada, DICE: Que por acuerdo unánime de los socios que componen la totalidad del capital social y conforme lo resuelto en acta de Acta de Reunión de socios celebrada el día 28 de noviembre del presente año, se resolvió aumentar el Capital social por capitalización de Aportes Irrevocables, y la consecuente reforma del contrato social, por lo que en tal virtud el compareciente me exhibe el respectivo libro de actas N°1, que procedo a transcribir íntegramente el Acta que obra a fojas 23 y 24 : “Acta de Reunión de socios Nº4 . En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 28 días del mes de noviembre del año dos mil trece, siendo horas veinte se reúnen en carácter Extraordinario en la sede social sita en Avenida Almirante Brown número 645 , la totalidad de los señores socios que componen el ciento por ciento del capital social de la firma PINAR S.R.L., señores FRANCISCO IVAN RODRIGUEZ y JUAN ALBERTO RODRIGUEZ, y atento a que las decisiones se realizarán con la presencia de la totalidad de los socios, la presente Asamblea tiene el carácter de unánime obviándose las comunicaciones de ley.-El Orden del día a tratar es el siguiente: Primer punto del Orden del día: Aumento de capital social en pago de obligaciones preexistentes (aportes irrevocables- inciso 2, artículo 197 de la Ley 19550).-El señor Francisco Iván Rodríguez expresa que planteada la adquisición de una camioneta por parte de la empresa para cubrir las necesidades de traslados y entregas de mercaderías, entre otros servicios , ha hecho necesario recibir partidas de dinero ofrecida por las señoritas IVANA PAOLA RODRIGUEZ y GEOVANA BELEN RODRIGUEZ, valores que oportunamente ingresaron a la caja con imputación transitoria a la cuenta de “aportes irrevocables”, todo ello de acuerdo al convenio suscripto previamente de fecha 18 de septiembre del presente año, con el propósito de proceder a su canje mediante futuras suscripción de cuotas sociales resultantes del aumento.-Por lo expuesto el señor Francisco Iván Rodríguez mociona para que en cumplimiento del referido acuerdo se disponga el aumento del monto del Capital social por capitalización de dichos aportes irrevocables hasta el monto de pesos ciento cincuenta mil ($150.000.-), coincidente con el monto de los aportes recibidos.-Puesto a consideración los socios por unanimidad resuelven: Aumentar el capital social en la suma de pesos ciento cincuenta mil ($150.000.-), por capitalización de aportes irrevocables hasta la suma mencionada conforme asiento contable que se exhibe en este acto, del cual surge que los valores fueron aportados por las señoritas IVANA PAOLA RODRIGUEZ y GEOVANA BELEN RODRIGUEZ en partes iguales. Asimismo se resuelve que las cuotas sociales resultantes del aumento gozarán de dividendos a partir del primero de enero del año dos mil catorce.-A continuación la Asamblea pasa a tratar el Segundo punto del Orden del día: Suscripción del capital aumentado: Por su parte el señor Francisco Iván Rodríguez mociona se ratifique el convenio previo suscripto con las titulares de los aportes irrevocables, y se otorgue formal conformidad a la suscripción del capital social por parte de las señoritas IVANA PAOLA y GEOVANA BELEN RODRIGUEZ, en partes iguales, es decir la cantidad de 7500 cuotas sociales de pesos diez ($10.-) cada uno, quedando integradas por el pago de los aportes dinerarios recibidos. Puesto a consideración es otorgada por unanimidad la conformidad.-Tercer punto del Orden del día: Reforma del Contrato social: Continua en la palabra el socio Francisco I. Rodríguez, quien agrega, que por lo antes resuelto resulta necesario formalizar la reforma del artículo quinto del estatuto social a fin de consignar el capital social resultante del aumento aprobado por la presente reunión y la suscripción del capital por la nuevas socias, Ivana Paola y Geovana Belén Rodriguez cuya conformidad ya fue otorgada.-Asimismo propone que las reformas sean autorizadas mediante Escritura Pública por ante la Escribana Norma Chaves. Puesto a consideración se aprueba por unanimidad. Siendo horas veintiuna se da por finalizada la reunión.- Hay dos firmas ilegibles insertas por los socios presentes.”-En consecuencia de lo resuelto en el acta antes transcripta, los señores FRANCISCO IVAN RODRIGUEZ y JUAN ALBERTO RODRIGUEZ, en su carácter de únicos socios de la firma PINAR Sociedad de Responsabilidad Limitada, por este acto convienen: PRIMERO: Elevar el capital social de la Sociedad PINAR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, de la suma de pesos CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SETENTA ($164.270) a la suma de pesos TRESCIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS SETENTA ($314.270). El aumento se efectúa por capitalización de aportes irrevocables realizados por IVANA PAOLA RODRIGUEZ y GEOVANA BELEN RODRIGUEZ conforme certificación contable realizada por el contador Benjamin Lavaque debidamente certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que forma parte de este contrato del cual surge que los mismos fueron realizados por las nombradas aportantes en partes iguales.-SEGUNDO: SUSCRIPCIÓN-INTEGRACION:Presente en este acto las señoras IVANA PAOLA RODRIGUEZ y GEOVANA BELEN RODRIGUEZ manifiestan su voluntad de incorporarse como socias a la firma y aceptar en pago de las obligaciones que surgen de los aportes, la suscripción de las cuotas sociales resultantes del aumento de capital en partes iguales, el que se da por integrado a la fecha en dinero en efectivo conforme certificación contable que se exhibe en este acto certificado por el contador Público Benjamin Lavaque, y debidamente legalizado por el Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas, que en original se agrega al Primer Testimonio y en fotocopias al legajo de comprobantes de este Protocolo como parte integrante de la presente escritura.- TERCERO: MODIFICACION DE CONTRATO SOCIAL:Por lo antes resuelto, los comparecientes en su carácter de socios, resuelven reformar la cláusula quinta del contrato social a fin de consignar el capital social resultante del aumento, la que quedará así redactado: “CLAUSULA QUINTA: CAPITAL SOCIAL: el capital social lo constituye la suma de pesos trescientos catorce mil doscientos setenta ($314.270.-), dividido en treinta y un mil cuatrocientos veintisiete (31427) cuotas sociales de pesos diez ($10) cada una.- SUSCRIPCIÓ-INTEGRACION: Los socios tienen suscripto e integrado el capital social de acuerdo al siguiente detalle:FRANCISCO IVAN RODRIGUEZ la cantidad de nueve mil noventa y tres coma cinco (9.093,5) cuotas por valor de pesos noventa mil novecientos treinta y cinco ($90.935), JUAN ALBERTO RODRIGUEZ la cantidad de siete mil trescientos treinta y tres coma cinco (7333,5) cuotas por valor de pesos setenta y tres mil trescientos treinta y cinco ($73.335), IVANA PAOLA RODRIGUEZ la cantidad de siete mil quinientos (7500) cuotas por valor de pesos setenta y cinco mil ($75.000), GEOVANA BELEN RODRIGUEZ la cantidad de siete mil quinientos (7500) cuotas por valor de pesos setenta y cinco mil ($75.000).”CUARTO: Este aumento de capital por capitalización de los aportes irrevocable precitados gozarán de dividendos a partir del primero de enero del año dos mil catorce.-QUINTO:Quedan subsistentes todas las demás cláusulas y condiciones del contrato social en cuanto no resultaren modificadas por la presente. Como así también ratifican la designación del socio Gerente Francisco Ivan Rodríguez. CONSTANCIAS NOTARIALES: LEGITIMACIÓN: Los señores Juan Alberto y Francisco Ivan Rodriguez acreditan su carácter de socios con la siguiente documentación: a) Contrato constitutivo de fecha veintiséis de Agosto del año 2011, autorizado mediante Escritura N°153 y Modificación del Objeto social de fecha 16 de septiembre del año 2011, ambas por ante la escribana Maria Celeste Perez , e Inscriptas en el Registro Público de Comercio al Folio 89, Acta Nº89, del Libro IV de S.R.L. y Registrado con copia Bajo Asiento Nº91, al Folio 684/692 del Legajo XVI, Tomo V, del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L. ambos de fecha 28 de Octubre del año 2011. b) Contrato de Cesión de cuotas sociales de fecha diecisiete de noviembre de 2011, Inscripto en el Registro Público de Comercio bajo asiento 75, folio 353/356 del Legajo XIV, tomo III de Marginales del Registro de Escritura Mercantiles con fecha veintinueve de diciembre de 2011, c) Acta de reunión de socios N°4 de fecha 28 de noviembre del presente año que obra al folio 23 y 24 del libro de Actas Nº1 debidamente habilitado, por la cual se autoriza el presente otorgamiento, documentos que en original tengo a la vista para este acto y que en fotocopia agrego al legajo de comprobantes de este protocolo como parte integrante de esta escritura.-Previa lectura y ratificación de los comparecientes, firman por ante mí, Escribana Autorizante, doy fe.- Hay cuatro firmas ilegible. Ante mi.-Está mi firma y sello notarial.-CONCUERDA fielmente con su Escritura Matriz que paso ante mi al folio 733 al 735 del Protocolo “A” del Registro N°44 a mi cargo. Para la firma Pinar S.R.L. expido este PRIMER TESTIMONIO en tres hojas de Actuación Notarial, las que firmo y sello en el lugar y fecha de su otorgamiento.-ESC. NORMA R. CHAVES DE LEDESMA, TIT. REG. Nº 44, S.S. DE JUJUY.-
Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19.550.
San Salvador de Jujuy, 27 de Marzo de 2014.
MARTA I. CORTE
SECRETARIA- JUZGADO DE COMERCIO
14 ABR. LIQ. Nº 116342 $ 105,00.-








