BOLETÍN OFICIAL Nº 40 – 11/04/2014

CONTRATO DE PRÓRROGA DE PLAZO DE S.R.L: En la ciudad de Libertador Gral. San Martín, Departamento Ledesma, Pcia. de Jujuy, República Argentina, a los 12 días del mes de Diciembre de 2.013, se reúnen los señores: HILDA RAQUEL ANAUATI D.N.I. 11.601.165, viuda de sus primeras nupcias de don Jesús Armando Baigorria, de profesión comerciante, en su carácter de Socia de CA.VI.RA.MA. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y Administradora Judicial de la Sucesión Jesús Arando Baigorria; JOSÉ MAURICIO BAIGORRIA D.N.I. Nº24.612.277, soltero, de profesión abogado, CARLOS MARIA BAIGORRIA DNI Nº 25.689.699, soltero, de profesión médico, JUAN MANUEL BAIGORRIA, D.N.I. Nº 26.582.598, casado, de profesión comerciante, VIRGINIA RAQUEL BAIGORRIA D.N.I. Nº 30.549.217, soltera, de profesión comerciante y MARIA NOEL BAIGORRIA D.N.I. Nº32.002.242, soltera, de profesión estudiante, en su carácter de socios de la sociedad CA.VI.RA.MA. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, todos con domicilio legal en Las Margaritas 348 del Barrio Jardín de ésta Ciudad, mayores de edad y hábiles para contratar; y titulares del cien por ciento del Capital Social de CA.VI.RA.MA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, inscripta en el Registro Público de Comercio al Folio Nº 301, Acta Nº 298 del Libo I de S.R.L. de la Matrícula de Sociedad de Responsabilidad Limitada con fecha 27 de Abril de 1.994 y Registrado con copia, bajo Asiento Nº 10, Folio 59/61 de S.R.L. del Legajo II, Tomo II del Registro de Escrituras Mercantiles con fecha 27 de Abril de 1.994, convienen celebrar el presente Convenio de Prórroga de Plazo de S.R.L., que se regirá por la Ley 19.550 y sus modificaciones y por las siguientes cláusulas: PRIMERA: Los socios de CA.VI.RA.MA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con domicilio legal en Avenida Wollman y Ruta Nacional 34 de Libertador General San Martín, Departamento Ledesma, Provincia de Jujuy, constituida el día 14 de Diciembre de 1.992, acuerdan la continuidad del funcionamiento de la empresa con prórroga o ampliación del plazo de duración.-SEGUNDA: El plazo de ampliación de duración de la sociedad será de QUINCE (15) AÑOS a partir de la fecha de inscripción del presente instrumento en el Registro Público de Comercio, pudiendo renovarse este plazo por igual periodo cuantas veces los socios lo determinen cuya inscripción de ampliación deberán realizarse antes del vencimiento del plazo de duración antes fijado.-TERCERA: A todos los efectos legales del presente pedido de PRORROGA DE PLAZO, los socios fijan domicilio legal en el citado más arriba.-CUARTA: En todo cuanto no estuviera previsto en el presente instrumento de Prórroga de Plazo de la Sociedad CA.VI.RA.MA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, se estará a las disposiciones de la Ley 19.550 y sus modificaciones en las partes pertinentes.-QUINTA: Con el articulado del presente contrato se deja formalizado el pedido de Prórroga de Plazo de la sociedad CA.VI.RA.MA. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, autorizándose al Dr. ANGEL ALBERTO LAMAS Y/O A DIEGO IGNACIO MONTENOVI abogados del Estudio Lamas a realizar todo tipo de actos administrativos y judiciales para tramitar la inscripción en el Registro Público de Comercio.- ACT. NOT. Nº B-00008965, Esc. SILVIA GRACIELA MOYA DE CEPEDA, TIT. REG. Nº 49, L.G. SAN MARTÍN-JUJUY.-

Ordénese la publicación en el Boletin Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19.550.

San Salvador de Jujuy, 27 de Marzo de 2014.

MARTA I. CORTE

SECRETARIA- JUZGADO DE COMERCIO

11 ABR. LIQ. Nº 116306 $ 60,00.-