BOLETÍN OFICIAL Nº 34 – 26/03/2014

Dr. RICARDO SEBASTIAN CABANA, Juez Civil y Comercial Nº 4 Secretaria Nº 7 de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-220.933/10, caratulado: “EJECUTIVO: CREDINEA S.A. C/ CALIZAYA WALTER MILTON” Notifíquese por Edictos que deberán publicarse en el Boletín Oficial y un diario local, Tres veces en Cinco al demandado Sr. CALIZAYA WALTER MILTON, D.N.I. N° 21.665.701, la siguiente RESOLUCIÓN: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 DE OCTUBRE DE 2013. -AUTOS Y VISTOS:…-RESUELVE: 1º) Mandar llevar adelante la ejecución seguida por el CREDINEA S.A. en contra del Sr. CALIZAYA, WALTER MILTON hasta que la primera se haga íntegro pago del capital reclamado de PESOS UN MIL CINCUENTA Y CUATRO CON 63/100 CENTAVOS ($1.054,63) con más los intereses a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa:“Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el expte. Nº B-145.731/05 (Sala I-Tribunal del Trabajo)) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi Yolanda y otro “,(L. A. 54, Fº 673-678-Nº 235), tomados como compensatorios desde la fecha de suscripción del título y hasta la mora (acaecida al vencimiento del pagaré operado en fecha 10/02/08), y de allí en mas los mismos deben ser imputados como moratorios y hasta su efectivo pago, y como punitorios se fijarán en un 50% de los moratorios, más IVA si correspondiere.-2º) Imponer las costas a la demandada vencida (Art. 102 del C.P.C).3º) Regular los honorarios profesionales del letrado interviniente Dr. FRANCISCO JAVIER SAIDMAN ROS en la suma de PESOS UN MIL CON 00/100 CTVOS. ($1.000) por su actuación en el doble carácter, mas IVA si correspondiere, fijados a la fecha de la sentencia, por lo que sólo en caso de mora, devengará interés a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa:“ Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el expte. Nº B-145.731/05 (Sala I-Tribunal del Trabajo)) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi Yolanda y otro “(L.A. 54, Fº 673-678-Nº 235).-4º) Notificar por cédula y en lo sucesivo por Ministerio de la Ley (Art.154 del C.P.C.).-5º) Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber”.-FDO. DR. RICARDO SEBASTIAN CABANA– Juez-Ante mi: DRA. MARIA VICTORIA NAGER: Prosecretaria”.-Publíquese Edictos, en el Boletín Oficial y en un diario local, por tres veces en el espacio de cinco días.-San Salvador de Jujuy, 06 de FEBRERO de 2014.-Dra. MARIA VICTORIA NAGER, Secretaria.-

19/21/26 MAR. LIQ. Nº 116147 $135,00