BOLETÍN OFICIAL Nº 32 – 19/03/2014

Dr. JUAN PABLO CALDERÓN-Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, SECRETARIA Nº 2, de la Provincia de Jujuy, en el “Expte. Nº B-224852/10, caratulado, “EJECUTIVO: CARSA S.A. C/MÉNDEZ, RICARDO FELIPE”. Hace saber que en este Juzgado se tramita la presente causa, en la que se ha dictado la resolución que se transcribe a continuación: “San Salvador de Jujuy. 14 de Noviembre de 2013. AUTOS Y VISTOS…RESULTA…CONSIDERANDO…RESUELVE:I.-Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por CARSA S.A., en contra de MÉNDEZ, RICARDO FELIPE hasta hacerse del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS: QUINIENTOS TREINTA Y CINCO ($535,00) con más el interés promedio de la tasa activa que establece el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos comerciales, (Art.509 del C. Civil), desde la mora y hasta el efectivo pago. II.-Regular los honorarios profesionales del Dr. JOSÉ ESTEBAN FERNÁNDEZ CANAVIRE en la suma de Pesos: DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE ($267,00) y los del Dr. FRANCISCO JAVIER SAIDMAN en la suma de PESOS: QUINIENTOS TREINTA Y TRES ($533,00), por la labor desarrollada en autos, conforme Acordada nº 16/11 del Superior Tribunal de Justicia. Dicho monto ha sido fijado a la fecha de la presente, por lo que solo en caso de mora, devengará un interés conforme a la Tasa Activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, conforme a la Doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en (L.A. Nº 54,Fº 673/678, Nº 235, en Expte. Nº 7096/09 caratulado: Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Expte. Nº B-145731/05 (Sala I-Trib. Del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/Achi, Yolanda y otro), con más I.V.A. si correspondiere. III.-Hacer efectivo el apercibimiento ordenado a fs.16, mandándose notificar la presente Resolución por cédula y las sucesivas por Ministerio de Ley.-IV.-Firme la presente, intímase a la parte Actora a retirar `por Secretaria el documento original en el término de cinco días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente. V.-Imponer las costas a la vencida (Art.102 del C.P.C.).-vi.-Agregar copia en autos, protocolizar, notificar por edictos, etc…FDO DR. JUAN PABLO CALDERÓN-JUEZ-ANTE MI DRA. OLGA BEATRIZ PEREIRA-SECRETARIA. Publíquese por Edicto en el Boletín Oficial y en un diario local, tres veces en el término de cinco días.-Secretaría Nº 2, San Salvador de Jujuy, 10 de Febrero de 2.014.-

17/19/21 MAR. LIQ. Nº 116140 $135,00