BOLETÍN OFICIAL Nº 32 – 19/03/2014
Dra. ALEJANDRA MARIA LUZ CABALLERO, Vocal de la Cámara en lo Civil y Comercial, Sala III (Vocalia Nº 8), Secretaria a cargo de la Dra. LILIANA E. CHOROLQUE, en el Expte. Nº B-261773/11 Caratulado: “ORDINARIO POR DAÑOS Y PERJUICIOS: GUANUCO, DALMA YANINA c/ SANATORIO QUINTAR y OTROS”, hace saber a la Sra. VERÓNICA ALEJANDRA RIQUELME MARTINEZ, que se ha dictado la siguiente Providencia:“SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 de Octubre del 2011.-I) Por presentado el Dr. PABLO DAVID NIEVA, en nombre y representación de la parte actora: DALMA YANINA AYLEN GUANUCO, a mérito de la fotocopia juramentada de Poder General para Juicios, que rola a fs. 01/02 y vlta. de autos. Por constituido domicilio legal y por parte.-II)Admítase la presente demanda por daños y perjuicios, la que se tramitara de conformidad al procedimiento ordinario (art. 294 y ss. del C. P. C.).-III)Confiérase traslado de la demanda a: SANATORIO QUINTAR, ELSA GLADYS DEL V. FIGUEROA, VANINA ANDREA BARRIONUEVO y VERÓNICA ALEJANDRA RIQUELME MARTINEZ, en la forma, por el plazo legal, y bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 298 del C. P. C.-IV)Asimismo, intímaseles para que en igual término, constituyan domicilio dentro de los tres kms. del asiento de esta Cámara, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por Ministerio de ley todas las resoluciones posteriores (art. 52 del C.P.C.).-V)…VI)…VII)Notifíquese (art. 155/6 del C. P. C.). Fdo.: Dra. NORMA B. ISSA-Presidente de Trámite- Ante mi: Dra. LILIANA E. CHOROLQUE –Secretaria”.-Publíquese en el Boletin Oficial y un Diario Local, TRES VECES en el término de CINCO DIAS.-SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 de febrero de 2014.-
17/19/21 MAR. LIQ. Nº 116131 $ 135,00








