BOLETÍN OFICIAL Nº 36 – 31/03/2014

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 7, SECRETARIA Nº 14, en el EXPTE. Nº C-003659/13, caratulado: “EJECUTIVO: BBVA BANCO FRANCES S.A. C/CHILIANO, FLAVIO LEONEL”, se hace saber a la demanda Sr. CHILIANO, FLAVIO LEONEL, la siguiente SENTENCIA: “SAN SALVADOR DE JUJUY 18 DE diciembre de 2013.- AUTOS Y VISTOS:…CONSIDERANDO:…RESUELVE: 1.- Tener por presentado al Dr. SERGIO M. CAU LOUREYRO, Defensor Oficial de Pobres y Ausentes, en nombre y representación de CHILIANO, FLAVIO LEONEL, por constituido domicilio legal y parte, a merito de las facultades conferidas por el Art. 196 del C.P.C. En consecuencia, mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por BBVA BANCO FRANCES S.A. en contra de CHILIANO, FLAVIO LEONEL, hasta hacerse el acreedor integro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS: ONCE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS con 91/100 ($11.442,91) con mas las costas del juicio y el interés a la Tasa Activa que cobra mensualmente el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuentos de documentos y establecer como punitorios el 50% de la tasa ordenada precedentemente, desde la mora 10/12/2010 y hasta el efectivo pago.- II.- Regular los honorarios profesionales del Dr. MARTIN ENRIQUE NAZARIO, en la suma de $ 1.682,11.-, a los que se adicionara igual interés y desde la misma fecha que el capital hasta la presente. De allí y solo en caso de mora en el pago de los mismos, devengarán los intereses conforme tasa activa, con mas I.V.A. si correspondiere.-III.- Imponer las costas a la vencida (art. 102 del C.P.C.).- IV.-Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- V.- Firme la presente, por Secretaria incorpórese al expediente de documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramito la presente causa.- VI.-Registrar, agregar copia en autos, notificar a las partes por cedula, al demandado mediante Edictos y en la persona del notificar a las partes por cedula, al demandado mediante Edictos y en la persona del Sr. Defensor Oficial a las partes por cedula, al demandado mediante Edictos y en la persona del Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes y a CAPSAP, etc..-Fdo.: DRA. LIS VALDECANTOS BERNAL-JUEZ. Ante mí: DRA. TERESA LEWIN NAKAMURA-SECRETARIA”.-Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art. 162 del C.P.C.) por tres veces en el término de cinco días. Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos.- SECRETARIA: DRA. TERESA LEWIN NAKAMURA.-SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 de diciembre de 2013.-

31 MAR. /04/07 ABR. LIQ. Nº 116223 $ 135,00.-