BOLETÍN OFICIAL Nº 36 – 31/03/2014

Dr. Norberto A. Costamagna, Vocal Nº 8 del Tribunal de Familia del Centro Judicial San Pedro, hace saber que en el Expte. Nº A-48236/11, caratulado: “Adopción Simple: Velasco, Leonardo Horacio y Rodríguez, Maria Isabel por los menores Tebes, Romina Belén y Anaquin, Gastón Antonio”, se han dictado las siguientes providencias: “PEDRO DE JUJUY, 13 de marzo del 2012.-1.-Por presentada la Dra. Graciela A. Silva, Defensora Oficial de Pobres y Ausentes, en nombre y representación de Leonardo Horacio Velasco (DNI Nº 22.281.127) y María Isabel Rodríguez (DNI Nº 20.240.226), a merito de las correspondientes Carta Poder agregadas a fs. 2 y 3 de autos; por constituido domicilio procesal y parte. II.-Atento a la demanda promovida por Adopción, lo preceptuado por el Art. 321 inciso “b” del Código Civil Argentino, dése participación de Ley al Ministerio de Público de Menores.-III.-En virtud del art. 321 inciso”f” del mismo cuerpo legal, decrétase el secreto de estos obrados que solamente podrán ser examinados por las partes, sus letrados, sus apoderados y los peritos intervinientes.-IV.-Tramitase la presente causa conforme las disposiciones previstas en el ordenamiento ritual para el Juicio Ordinario Escrito, en consecuencia córrase traslado de demanda, con la copia respectiva, a la Defensora de Menores e Incapaces Dra. Marcela A. Soria, para que la conteste entro de quince días de notificada bajo apercibimiento de ley (art. 298 del CPC).- V.-Notificaciones en Secretaria, martes y jueves o el día hábil siguiente si alguno de ellos fuere feriado.- VI.-Notifíquese por cédula de Ley.- Fdo.: Dra. Maria Cristina Lakatos, Vocal Tribunal de Familia por Habilitación, ante mí: Dra. Fabricia R. Melano Singh”.- Es copia (Fs. 23). Pedro de Jujuy, Diciembre 06 de 2013.-I.- Proveyendo escrito que antecede y demás constancias de autos, notifíquese a la accionada Sra. Gloria Cristina Cullupari (DNI Nº 28.249.972) conforme lo dispone el artículo 162 del Código Procesal Civil, publicándose Edictos en el Boletín Oficial y un diario local tres veces en cinco días, traslado de demanda, haciéndose saber que los presentes obrados se tramitan con Beneficio de Justicia Gratuita. II.-Notifíquese.- Fdo. Dr. Norberto A. Costamagna, Vocal Tribunal de Familia, ante mí: Dra. Fabricia R. Melano Singh, Prosecretaria Técnica Judicial”.- Es copia (fs. 67).San Pedro de Jujuy, Marzo 18 de 2014.-

28/31 MAR. /04 ABR. S/C.-