BOLETÍN OFICIAL Nº 32 – 19/03/2014
Dra. SILVIA E. YECORA, Juez en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2, de la Provincia de Jujuy, Secretaria Nº 3, en el Expte. Nº B-206689/09 caratulado: “EJECUTIVO: CREDINEA S.A. C/ LAMAS, ROLANDO ERNESTO, “hace saber al SR. ROLANDO ERNESTO LAMAS, D.N.I. Nº 23.167.619, que se ha dictado el siguiente PROVEÍDO fs.11: SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 DE ABRIL DE 2009.- Por presentado el DR. JORGE L. ACKERMAN, por constituido domicilio legal y por parte en nombre y representación de CREDINEA S.A., a merito del Poder General para Juicios que en copia debidamente juramentada adjunta.- Atento a las constancias de autos y a la demanda ejecutiva por cobro de pesos y lo dispuesto por los arts. 472, inc. 4, 478 y correlativos del C.P.C., líbrese en contra del demandado SR/SRA. LAMAS, ROLANDO ERNESTO, en el domicilio denunciado, mandamiento de pago y ejecución por la suma de PESOS DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO CON CINCUENTA CENTAVOS ($2.158,50), por un capital reclamado, con mas la suma de PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO ($878), calculados provisoriamente para acrecidas y costas.- En defecto de pago, trabése EMBARGO sobre sus bienes, y los que serán denunciados en el acto hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley.-Asimismo cítaselo de remate para que en el termino de CINCO (05) DIAS de notificado comparezcan a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la presente ejecución.-Además requerirle manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas o algún otro gravamen y que en su caso se indique monto, nombre y domicilio del acreedor prendario o Juez embargante.-A los efectos comisionase al Sr. Oficial de Justicia para allanar domicilio y hacer uso de la fuerza publica en caso de ser necesario.- Asimismo intimase a la demandada para que en el termino antes fijado constituya domicilio legal dentro del radio de TRES KILÓMETROS del asiento de este Juzgado bajo apercibimiento de considerárselo notificado por Ministerio de LEY todas las resoluciones cualquiera sea su naturaleza (art. 52 del C.P.C.).-Notifíquese (art.154 del C.P.C).-FDO. DRA OLGA VILLAFAÑE-JUEZ-ANTE MI Proc. GUSTAVO M., IBARRA-SECRETARIO-Proveído fs. 25, SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 DE MARZO DE 2.010.-Por presentado el DRA. FRANCISCO JAVIER SAIDMAN ROS, por constituido domicilio legal y por parte, en nombre y representación CREDINEA S.A., a merito del poder general para juicios que en fotocopia debidamente juramentada adjunta.-A lo solicitado en el escrito que antecede, previo a todo tramite devuelva el oficio ordenado a fs. 15 de autos.-Notifíquese (art. 155 del C.P.C.).-FDO. DRA. MARISA RONDON-JUEZ HABILITADA-ANTE MI Proc. GUSTAVO M. IBARRA-SECRETARIO-San Salvador de Jujuy, 04 de febrero de 2014.-Avocase la suscripta al conocimiento de la presente causa.- Atento a las constancias de autos conforme se solicita en el escrito que antecede presentado por el DR. FRANCISCO SAIDMAN ROS, ordenase la notificación por edictos al demandado SR. ROLANDO ERNESTO LAMAS, D.N.I. Nº 23.167.619, las partes pertinentes del proveído de fs. 11, 25 y del presente, conforme lo prevé el art. 162 del C.P.C. de la pcia…- En caso de que el antes nombrado no se presentare a ejercer sus derechos, se le designará Defensor Oficial QUE POR Turno corresponda.-Notifíquese art. 155 del C.P.C.-FDO. DRA. SILVIA E. YECORA-JUEZ-ANTE MI DR. GUSTAVO IBARRA-SECRETARIO-Publíquese EDICTOS en el BOLETÍN OFICIAL y en un DIARIO LOCAL de amplia circulación, por TRES (03) VECES en CINCO (05) DIAS. SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 de FEBRERO de 2.014
17/19/21 MAR. LIQ. Nº 116141 $ 135,00








