BOLETÍN OFICIAL Nº 28 – 10/03/2014
Dra. Marisa Rondon-Juez del Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3-Secretaría Nº 5 de la Provincia de Jujuy, en el Expte. N° B-222050/11: caratulado: Ejecutivo: BANCO HIPOTECARIO S.A. c/MAMANI, ROLANDO JORGE”, se hace saber la siguiente resolución: “S.S. de Jujuy, 05 DE SETIEMBRE DE 2011.- AUTOS Y VISTOS:..:RESULTA:….-CONSIDERANDO:…-RESUELVE: I.-Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por el BANCO HIPOTECARIO S.A., en contra del Sr. ROLANDO JORGE MAMANI hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS ($4.200,00) con las costas del Juicio y el interés promedio de la tasa activa que establece el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuentos de documentos comerciales (Art. 509 del C. Civil), con mas el CINCUENTA POR CIENTO (50 %) de intereses punitorios, desde la mora y hasta el efectivo pago.- II.-Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).-III.-Regúlense los honorarios profesionales del Dr. PABLO DANIEL CUCCHIARO en la suma de PESOS UN MIL ($1.000,00) por la labor profesional desarrollada en autos, conforme lo Acordado (L.A. Nº 14, Fº 27/28 Nº 16, 11/03/11. Dicho monto ha sido fijado a la fecha de la presente, por lo que solo en caso de mora devengara un interés conforme a la Tasa Activa cartera general (prestamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, de conformidad con lo dispuesto por el Superior Tribunal de Justicia en Expte. Nº 7096/2009, caratulado: “Recurso de inconstitucionalidad Int. en el Expte. Nº B-145.731/05 (Sala I, Tribunal del Trabajo), Indemnización por Despido incausado y Otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y Otros (L.A. Nº 54, Fº 673/678, Nº 235, de fecha 11/05/2011), hasta su efectivo pago, con mas IVA si correspondiere.-IV.-Hacer efectivo el apercibimiento a fs. 9 en contra del Sr. ROLANDO JORGE MAMANI mandándose notificar la presente Resolución por cedula y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.-V.-Firme la presente, intímase a la parte actora a retirar por secretaria el documento original en el termino de CINCO DÍAS, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.-IV.-Agrégase copia en autos, hacer saber, protocolizar.-FDO. DRA. MARISA ELIANA RONDON-JUEZ-ANTE MÍ: PROC. MARTA J. BERRAZ DE OSUNA-SECRETARIA.-Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un Diario de amplia circulación en la Provincia de Jujuy por TRES VECES EN CINCO DÍAS.-Secretaria N° 5, Proc. Marta J. Berraz de Osuna.-San Salvador de Jujuy, 24 de octubre de 2013.-
07/10/12 MAR. LIQ. Nº 116052 $ 135,00








