BOLETÍN OFICIAL Nº 24 – 26/02/2014

EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 8, SECRETARÍA N° 15 DRA. ALICIA MARCELA ALDONATE FIRMA HABILITADA SAN PEDRO DE JUJUY, HACE SABER QUE EN EL EXPTE. N° A-53325/12; CARATULADO: EJECUTIVO “CREDINEA S.A. c/GRACIELA ELIZABETH GÓMEZ”.EL SR. JUEZ A DICTADO LA PRESENTE PROVIDENCIA: SAN PEDRO DE JUJUY, 07 DE NOVIEMBRE DE 2013.-1.-Por presentada la Dra. SILVANA LUCIA DI PASQUO, por parte, por constituido el domicilio legal, para actuar en nombre y representación de CREDINEA SA., a mérito del Poder Gral. para Juicios que presenta debidamente Juramentado II.-Atento a la Demanda Ejecutiva promovida por cobro de pesos y lo estatuido por los Art. 472. 478 y sus ccs. Del C.P.C., LIBRESE en contra de la accionada Sra. GRACIELA ELIZABETH GÓMEZ, mandamiento de intimación de pago, ejecución y embargo hasta cubrir la suma de PESOS SEIS MIL CUATRO CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($6.004,49), por capital reclamado, con la más de PESOS TRES MIL DOS CON VEINTICINCO CENTAVOS ($3.002,25), estimados provisoriamente por intereses y costas de la ejecución.-III.-En defecto de pago, Trábese Embargo sobre bienes de propiedad de la parte demandada, hasta cubrir ambas cantidades, designando depositario judicial al afectado, y en caso negativo, a persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de Ley; debiendo además requerir la manifestación sobre si los bienes embargados registran prenda o algún otro gravamen y que, en su caso, se indique el monto del crédito, nombre, domicilio del o los acreedores.-IV.- Se le citara de remate para dentro de los CINCO (5) DIAS de notificado, concurra en estos obrados a oponer excepciones legitimas, si las tuviere, bajo apercibimiento de mandarse llevar adelante la ejecución y para que en igual termino constituya domicilio legal en el radio de TRES KM. del asiento de este juzgado, bajo apercibimiento de notificársele en lo sucesivo por Ministerio de Ley, Art. 485 y 52 del C.P.C.-V.-Notificaciones en Secretaria, Martes y Jueves o el siguiente día hábil en caso de ser feriado.-VI.- Comisiónese con las facultades de ley al Sr. OFICIAL DE JUSTICIA del Centro Judicial San Pedro, ha allanar domicilio y solicitar el auxilio de la fuerza pública en caso de ser necesario.-VII.-Notifíquese.Fdo. Dr. JUAN CARLOS CORREA-Juez-ante mi Dra. NATALIA ANDREA SOLETTA-Pro-Secretaria Técnico Judicial. PUBLÍQUESE EN EL BOLETÍN OFICIAL Y EN UN DIARIO LOCAL POR TRES VECES EN CINCO DIA. SAN PEDRO DE JUJUY 07 DE NOVIEMBRE DE 2013. ANTE MÍ: DRA. ALICIA MARCELA ALDONATE – FIRMA HABILITADA.-

21/24/26 FEB. LIQ. Nº 115216 $ 135,00