BOLETÍN OFICIAL Nº 23 – 24/02/2014
POLICÍA DE LA PROVINCIA DE JUJUY-CPO. PROTECCIÓN CIUDADANA: Actuaciones Sumarias Administrativas al tenor del ART. 37 inciso “C” DEL RNSA TROCADAS EN INFRACCIÓN AL ART. 15 inciso D del RRDP. “Con motivo de Instruirse ACTUACIONES SUMARIAS “JEFATURA DE POLICÍA DE POLICÍA DE LA PROVINCIA DE JUJUY, Actuaciones Sumarias Administrativas al tenor del art. 37 inciso “c” del RNSA trocadas en infracción al art. 15 incisos“d” R.R.D.P iniciada de prevención. Resulta infractor el AGENTE LEGAJO Nro 17.369 BRUNO RAMÓN MAZA–NUMERARIO DEL CUERPO PROTECCIÓN CIUDADANA-DOP-Hecho ocurrido desde 01/01/2013 hasta 29/05/2013, se cita al AGENTE LEGAJO Nro. 17.369 BRUNO RAMÓN MAZA DE LA POLICÍA DE LA PROVINCIA DE JUJUY, CREDENCIAL B-7.444, CON ÚLTIMO DOMICILIO EN REPUBLICA DEL LÍBANO BLOCK “a” Dpto. Nro. 30 de las 137 Vivienda del Barrio Santa Rosa de Lima San Pedro de Jujuy hijo de ELVIRA SOTO PEÑA, NACIONALIDAD BOLIVIANA (RADICADA) DNI Nro. 93.790.477, para que dentro de las 48 horas a partir de la tercera y última publicación del presente edicto, se haga presente en CUERPO PROTECCIÓN CIUDADANA-DOP-CON ASIENTO EN LA CENTRAL DE POLICÍA DE LA PROVINCIA DE JUJUY, SITO EN LA CALLE ALVEAR Nro. 456 DE ESTA CIUDAD CAPITAL EN DIAS HÁBILES Y EN EL HORARIO DE 08:00 A 13:00 Y DE 18:00 A 21:00 a los fines de que se le notifique contenido de Resolución Nro. 1409 DP/13 de fecha 26 Noviembre del 2013, donde el JEFATURA DE POLICÍA RESUELVE : conforme las disposiciones del Art. 18 Inciso “c” del R.N.S.A,:ARTICULO 1°: A partir del 17-05-2013, pasa a revistar en SITUACIÓN PASIVA al Agente Legajo N°17.369 BRUNO RAMÓN MAZA, actual numerario del Cpo. de Protección Ciudadana UR-1, conforme las previsiones del Art.98 inc.”G” de La Ley del Personal Policial Nro 3758/81, por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 2°: La Dirección Administración y Fianza procederá conforme lo establecido en el Articulo 131 inc. “C” de la Ley de Personal Policial Nº 3758/81, con respecto a los haberes que percibe el administrado, atento a lo dispuesto en el Art. 1º del presente resolutivo. ARTICULO 3°: La instrucción arbitrara los medios a efectos de que la causante haga entrega del arma reglamentaria y demás accesorios que le fueron provistos por la Institución, los cuales deberá permanecer depositado en la División Armamento y Equipo (D-4), hasta tanto concluyan los motivos que dieron origen al presente dispositivo. ARTICULO 4°: Disponer que la Instrucción de los obrados en el termino de 48 horas de recepcionada la presente proceda a la notificación formal del administrado, conforme las previsiones del Capítulo III Título IV de la Ley Procesal Administrativa, capítulo IV Titulo VI del Código Procesal Penal y Capitulo V del R.N.S.A. ARTICULO 5°: Con las formalidad de Ley la actuante deberá intimar al administrado, a reintegrarse al servicio al momento de su notificación, bajo apercibimiento de considerarse que desiste de continuar cumpliendo sus funciones por voluntad propia. ARTICULO 6°:Comuníquese. Pase copia a la Dirección de Administración y Finaza, a los efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo Segundo. Pase copia al Departamento Operaciones Policiales, División Armamento y Equipo, Cuerpo de Protección Ciudadana para conocimiento y notificación de la causante, de acuerdo a la Circular N° 007-DP/03. Fecho por el Departamento Personal (D-1). Archívese…”Asimismo mediante la presente se le procede a hacer entrega de una copia de citada resolución. En caso de inconcurrencia, vencido el plazo se dejara constancia de ello y se proseguirá con el trámite, sin perjuicio de la prosecución de la presente causa. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy por tres veces en cinco días. Firmado: Sonia Beatriz Rodríguez-Sub-Comisario. SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 Febrero del 2014.
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