BOLETÍN OFICIAL Nº 23 – 24/02/2014

DRA. SILVINA ELENA YÉCORA, Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 Secretaria Nº 4, en el Expte. Nº B-222.659/10 Caratulado: “EJECUTIVO: CREDINEA S.A. C/BALCAZAR PETRONA CARMEN se notifica por este medio al demandado SR. BALCAZAR PETRONA DEL CARMEN, el siguiente proveído: SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 DE FEBRERO DEL 2010.-1-Por presentado al Dr. FRANCISCO JAVIER SAIDMAN ROS, por constituido domicilio legal, por parte y en nombre y representación de CREDINEA S.A., conforme lo acredita con el Poder para Juicios que acompaña debidamente juramentado. 2-Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los Arts. 472 inc. 4º, 478 y correlativos del C.P.C., líbrese en contra del demandado BALCAZAR PETRONA CARMEN, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de PESOS CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS CON 41/100 CENTAVOS ($5.936,41) en concepto de capital reclamado, con mas la suma de PESOS UN MIL SETECIENTOS OCHENTA CON 92/100 CENTAVOS ($1.780,92), calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio.-En defecto de pago trábese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar Depositario Judicial al propio afectado y/o a la persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de Ley requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen, y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores ., y cíteselo de REMATE para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del termino de CINCO (5) DIAS, en el juzgado Civil y Comercial Nº2, Secretaria Nº4, sito en calle Independencia esquina Lamadrid bajo apercibimiento de llevar adelante la presente ejecución.-3- Al efecto comisionase al Sr. OFICIAL DE JUSTICIA, con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza publica si fuere necesario.-5-Asimismo, intimase a la demandado, para que en el mismo termino que antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KMS. de asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de considerarla notificada por Ministerio de Ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten (Art. 154 del C.P.C.).7- Notifíquese (Art. 154 del C.P.C).-FDO. DRA. OLGA DEL V. VILLAFAÑE DE GRIOT, Juez de Primera Instancia Civil y Comercial, Ante mi, DRA. BEATRIZ BORJA, Secretaria.-Publíquese Edicto en el Boletín Oficial y en un Diario Local por TRES VECES en CINCO DÍAS.- Hágase saber a los demandados que los términos se comienzan a correr a partir de la ultima notificación.-

19/21/24 FEB. LIQ. Nº 115210 $ 135,00