BOLETÍN OFICIAL Nº 21 – 19/02/2014

ACTA ASAMBLEA Nº 13- ORDINARIA: En la Ciudad de San Salvador de Jujuy a los tres días del mes de Junio del año dos mil trece, en el domicilio de Sociedad , sito en calle Republica de Siria Nº 671 , siendo las nueve horas se reúnen en Asamblea General Ordinaria, los señores socios de la firma “COMERCIALIZADORA DE ALIMENTOS S.R.L”, encontrándose presentes la totalidad de los mismos, señora DOLORES DEL CARMEN LAREDO de SICA, y el señor CARLOS MIGUEL LAREDO, quienes asumen sus carácter de titulares del 100% del capital de la firma, para tratar el siguiente Orden del Día: 1.-Lectura del Acta anterior; 2.-Lectura y aprobación del Balance General del ejercicio cerrado al 31 de Diciembre del 2012. 3.-Modificación del contrato de constitución de la Sociedad, en la cláusula TERCERA-Objeto social. 4.-Capitalización de los Aportes Irrevocable y de Ganancias pendientes de distribución. Previamente, la señora Dolores del Carmen Laredo, toma la palabra para hacer notar que se encuentra presente el 100% del capital social con derecho a voto, por lo que la asamblea se llevara a cabo en condiciones de unanimidad, y dado que la misma representa la voluntad social, se dará tratamiento a temas propios de las asambleas ordinarias y de las extraordinarias; acto seguido se procede a dar lectura de la acta de la Asamblea anterior, al cabo de la cual se procede a su aprobación por unanimidad. Seguidamente se procede al tratamiento del segundo punto del Orden del día: “Tratamiento y aprobación del Balance General del ejercicio cerrado al 31 de Diciembre del 2012”. Toma la palabra el socio Carlos Laredo, en su condición de Gerente de la Sociedad, y procede a dar una reseña de los principales hechos del ejercicio referenciado. A continuación, detalla la información sobre los aspectos centrales de los Estados Contables y los puntos que le son requeridos; al cabo de su disertación se dispone la aprobación por unanimidad de dichos documentos. Tras lo cual, se da comienzo al tratamiento del siguiente punto del Orden del Día: “Modificación del contrato de constitución de la sociedad, en la cláusula TERCERA-Objeto social”. El Socio Gerente de la Sociedad expone los por menores y las modificaciones propuestas y de las ventajas que se devienen de su aceptación, dotando a la firma de un marco mas amplio para el desarrollo de sus actividades, consolidando así su perfil de proveedora de volúmenes a firmas demandantes del medio y de las provincias cercanas. Siguiendo con el desarrollo del punto, precisamente en cuanto al OBJETO SOCIAL, el Socio Gerente puntualiza que los últimos ejercicios la sociedad ha venido afianzándose en la plaza como una firma capaz de comerciar responsablemente insumos de distintas índole y naturaleza, en ocasiones participando en licitaciones y concursos de volúmenes de verdaderas significación, cumpliendo de manera mas satisfactoria con las condiciones asumidas al pactar sus compromiso; por lo tanto es menester disponer de la ampliación del objeto de la sociedad para consolidar y acompañar dicho proceso de crecimiento comercial y financiero. Para ello con el fin de incorporar en el Objeto una mayor gama de bienes a los que pueda acceder en el giro de sus operaciones comerciales, propone como nueva cláusula TERCERA, a la siguiente: TERCERA: Objeto-La Sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociadas a terceros, de modo directo o indirecto las siguientes actividades. Comercialización mediante la compra, venta, permuta, distribución, fraccionamiento, transporte, consignación, importación y exportación de los productos alimenticios en general en el estado que se encuentren y sometidos a un proceso de industrialización o transformación, como así también de productos derivados de los mismos, tanto al por mayor como al por menor, por cuenta propia o de terceros de los elementos que en forma enunciativa se detallan: A-Alimentos, insumos intermedios, golosinas, bebidas con y sin alcohol; y en general , de todos los artículos susceptibles de ser aptos para consumo humano. B-Útiles, textos, artículos educativos y didácticos, Indumentaria y calzado para el personal y los educando; y en general cualquier elemento similar destinado a la educación publica y privada en todos sus niveles y posibilidades. C-Artículos mobiliarios y enseres, tanto domésticos, de oficinas, hospitalarios y todo otro articulo vinculado a la funcionalidad, confortabilidad y accesibilidad de espacios destinados a la actividad humana en todos sus aspectos. A tal fin, la Sociedad tiene plena capacidad para realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones que se realicen conforme al objeto social.-Tras un breve intercambio de opiniones dicha moción es aprobada por unanimidad. Siguiendo con el desarrollo del cuarto y ultimo punto del Orden del día, en relación a la CAPITALIZACIÓN de la sociedad, el Socio Gerente puntualiza que para el crecimiento comercial de la firma es menester exhibir un capital acorde a la nueva concepción del objeto social, la amplia gama de productos a comercializar por la sociedad debe necesariamente respaldarse en la cuantía o volumen del aporte societario formalizado por los socios; mas aun si se tienen en cuenta que dicho ítem constituye un importante indicador hacia terceros como prenda de garantía o como indicador de solvencia en las operaciones comerciales. Para el crecimiento económico de la firma es necesario incorporar un capital a la altura de tales exigencias y acorde a la nueva escala de actividades. Así las cosas, el socio gerente Carlos Laredo, manifiestan que los socios ya han realizado un aporte con carácter de irrevocable sobre el que no se completo en su momento el tramite de incorporación al capital social, hecho que propone subsanar en la presente Asamblea; simultáneamente, propone incorporar una proporción de las ganancias acumuladas en el rubro Patrimonio Neto al Capital Social, en iguales condiciones que las cuotas sociales estipuladas en la Constitución Societaria, y representando las proporciones detentadas a la fecha por los socios titulares. Entonces, la capitalización se conformaría con los siguientes elementos del Patrimonio Neto, que surge del último Balance General cerrado al 31 /12/2012, en los siguientes importes:

Aportes Irrevocable $ 274.000.-

Resultados no Asignados $ 1.100.000.-

TOTAL DE INCORPORACIÓN $1.374.000.-

Con lo cual el Capital Social de la sociedad exhibirá un valor de UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL PESOS ($1.386.000,) dividido en 13.860 cuotas sociales de Valor Nominal $ 100, detentando el socio Carlos Miguel Laredo la cantidad de 10.395 cuotas sociales que representan el 75% de la voluntad social, y la señora Dolores del Carmen Laredo de Sica, la cantidad de 3.465, que representan el 25% restante. La presente disposición deberá reflejarse en el primer ejercicio comercial cerrado a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio. Dicha propuesta, al cabo de una breve deliberación, es aprobada por unanimidad. Finalmente, por este acto se comisiona al Doctor GUILLERMO AGUIRRE a formalizar las inscripciones que fueren menester ante las autoridades judiciales, administrativas y fiscales de la jurisdicción. No siendo para más, se da por concluida la sesión siendo las once horas con treinta y ocho minutos en el lugar y fecha indicados al inicio. Previa lectura y ratificación los presentes firman al pie en prueba de conformidad. Act. Not. B-00025197. ESC. Maria Ester Martínez. TIT. REG. Nº 63-S.S de Jujuy.-

Ordenase la publicación en el Boletin Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la ley 19.550.

San Salvador de Jujuy, 17 de Febrero de 2014.

MARTA ISABEL CORTE

Secretaria

JUZGADO DE COMERCIO

19 FEB. LIQ. Nº 115235 $ 110,00