BOLETÍN OFICIAL Nº 20 – 17/02/2014

La Cámara Civil y Comercial, Sala I, Voc. Dr. Farfán por habilitación, en Expte. N° B-234.881/10 caratulado: “Prescripción adquisitiva…: Mansilla Gabriela y otros c/Monterrey Sociedad en Comandita por Acciones”, hace saber que se ha dictado la siguiente resolución: “San Salvador de Jujuy, 16 de octubre de 2013…Al escrito de fs. 355, téngase por contestado el traslado conferido a la parte actora y asistiéndole razón a este último, corresponde tener por notificada la demanda a Monterrey S.C.A. y se la tiene por contestada en los términos del art. 298 del CPC (conforme lo peticionado a fs. 163). Notifíquese la parte pertinente de la presente providencia mediante edictos por tres veces en cinco días en el Boletín Oficial y un diario local (conf. Art.181 2° párrafo CPC), y resultando extemporáneo el planteo efectuado a fs. 303, se resuelve no hacer lugar al pedido de nulidad articulado por la Defensora Oficial: Dra. Silvia T. Maurin”. FDO: Dr. Víctor Farfán-Vocal. Ante mí: Dra. Claudia Cuevas.-San Salvador de Jujuy, 11 de febrero de 2014.-

17/19/21 FEB. LIQ. Nº 115200 $ 135.00