BOLETÍN OFICIAL Nº 16 – 07/02/2014

CONTRATO DE RECONDUCCIÓN: En la ciudad de Libertador General San Martín, Departamento de Ledesma, Provincia de Jujuy, a los Diez días del mes Octubre del año dos mil trece, se reúnen los señores VIRGINIA GABRIELA GIMENEZ, DNI. Nº 32.484.835 CUIT Nº 27-32484835-0, de profesión comerciante, de estado civil soltera, con domicilio en Avda. Calilegua intersección Ruta Nacional Nº 34 del Bº La Loma de esta ciudad, y SILVESTRE RAFAEL VILLALBA, DNI Nº 26.314.307 CUIT Nº 20-26314307-9, de profesión comerciante, de estado civil soltero, con domicilio en calle Copina Nº 2554 del Bº Bialet Masse de la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba; todos mayores de edad y hábiles para contratar y titulares del cien por ciento del Capital Social de la razón social PARADOR 34 SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, inscripta en el Registro Publico de Comercio el 01 de Julio de 2.003 al Folio 282, Acta Nº 270 del Libro II de Sociedad de Responsabilidad Limitada; y bajo Asiento Nº 28 al Folio 263/267 del Legajo VIII del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L.; Transferencia y Cesión de Cuotas Sociales de fecha 04 de Octubre de 2005 inscripta en el Registro Publico de Comercio el 21 de Noviembre de 2005 bajo asiento Nº 58 al Folio 239/246 del Legajo VIII Tomo II de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L.; Transferencia y Cesión de Cuotas Sociales de fecha 09 de Octubre de 2007 inscripta en el Registro Publico de Comercio el 01 de Febrero de 2008 bajo asiento Nº 2 al Folio 4/6 del Legajo XI Tomo I de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L.; Transferencia y Cesión de Cuotas Sociales de fecha 01 de Abril de 2010 inscripta en el Registro Publico de Comercio el 14 de Septiembre de 2010 bajo asiento Nº 482 al Folio 230/233 del Legajo XIII Tomo II de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., convienen celebrar el presente convenio de RECONDUCCIÓN de la Sociedad, que se regirá por la Ley de Sociedades Nº 19550 art. 65 inc.2 y por las siguientes cláusulas: PRIMERA: Los socios de PARADOR 34 SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con domicilio legal en Avda. Calilegua intersección Ruta Nacional 34 de la ciudad de Ldor. Gral. San Martín, Departamento de Ledesma, Provincia de Jujuy, constituida el día 16 de abril de 2003 e inscripta en el Registro Publico de Comercio el 01 de Julio de 2003, acuerdan la continuidad del funcionamiento de la empresa asumiendo antes los terceros contratantes con la sociedad la responsabilidad por todas las operaciones comerciales realizadas desde la fecha de vencimiento del contrato social original, 30 de Julio de 2013, hasta el día de la inscripción del presente instrumento de Reconducción en el Registro Publico de Comercio. – SEGUNDA: El plazo de duración de la sociedad se establece en CINCUENTA (50) AÑOS a partir de la fecha de inscripción del presente en el Registro Publico de Comercio, pudiendo renovarse este plazo por igual periodo cuantas veces los socios lo determinen cuya inscripción de prorroga deberá realizarse antes del vencimiento del plazo antes fijado.- TERCERA: A todos los efectos legales del presente pedido de RECONDUCCIÓN, los socios fijan domicilio especial en los citados más arriba.- CUARTA: En todo cuanto no estuviere previsto en el presente instrumento de Reconducción de la sociedad PARADOR 34 SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, se estará a las disposiciones de la Ley 19550 y sus modificaciones en las partes pertinentes.- QUINTA: Se faculta al Dr. Roberto Emilio Barros, M.P. Nº 803, a efectuar los trámites pertinentes ante el Registro Publico de Comercio y cualquier otro organismo de control, con amplias facultades para aceptar las observaciones, vistas y subsanar cualquier inconveniente que altere el normal desarrollo de las tramitaciones pertinentes.- SEXTA: Con el articulado del presente contrato se deja formalizado el pedido de Reconducción de la sociedad PARADOR 34 SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

Ordenase la publicación en el Boletin Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la ley 19.550.

San Salvador de Jujuy, 30 de Diciembre 2013.

DR. RAMÓN ANTONIO SOSA

P/HABILITACIÓN AL JUZGADO DE COMERCIO

07 FEB. LIQ. 115135 $ 60,00.-