BOLETÍN OFICIAL Nº 12 – 29/01/2014
SR. JUAN PABLO CALDERÓN-JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL NRO 1, SECRETARIA Nº 1, DE LA PROVINCIA DE JUJUY. Hace saber al SR. TROCHE FELIPE MARTÍN, DNI 16210708, que en el REF. EXPTE. N° B-236838/10, caratulado: EJECUTIVO: CREDINEA S. A. c/TROCHE FELIPE MARTÍN, se ha dictado la siguiente providencia: SAN SALVADOR DE JUJUY, 2 DE FEBRERO DE 2012 AUTOS Y VISTOS CONSIDERANDO…RESUELVE:I.-Mandar llevar delante la presente ejecución seguida por CARSA S.A. en contra de TROCHE FELIPE MARTÍN hasta hacerse el acreedor del integro pago del capital reclamado o sea la suma de PESOS CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON TREINTA Y CUATRO CVOS($4.451,34)con más las costas del juicio y el interés de la tasa activa que cobra mensualmente el Bco. Nación de la República Argentina para sus operaciones de descuento de documentos comerciales (art. 509 del Código Civil) y el cincuenta por ciento (50 %) en razón de los punitorios de los que resulte del compensatorio desde la mora y hasta el efectivo pago. II.-Regular los honorarios profesionales de la DRA. LUCIA DI PASQUO en la suma de PESOS UN MIL ($1000,00) y a fin de guardar la debida proporción con el capital, llevarán igual interés y desde la misma fecha que el capital hasta la presente. De allí y sólo en caso de mora en el pago de los mismos, devengará los intereses conforme tasa activa cartera general (prestamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación de la República Argentina (L.A 54,Fº 673/678 Nº 235), en Expte. Nº 7096/09. CARATULADO: Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en Expte. Nº B-145731/05 (Sala I-Trib. Del Trabajo) Indemnización por despido, incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/Achi y otro), con más IVA si correspondiere. III.-Notificar la presente resolución a la accionada en el domicilio real y las futuras por Ministerio de la ley. IV.-Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia. V.-Imponer las costas a la parte vencida (art 102 del C.P.C.). VI.-Firme la presente intímase a la parte actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de CINCO DÍAS, bajo apercibimiento de glosar el mismo al Expte.-VII.-Registrar, agregar copia en autos, notificar por cédula a las partes y a C.A.P.S.A.P.-FDO. DR. CRISTINA MARCO-JUEZ POR HABILITACIÓN-ANTE MI DRA JOSEFINA VERCELLONE-SECRETARIA.-Publíquese edictos en el Boletín Oficial y en un diario local de amplia circulación, por TRES (3) VECES en CINCO (5) DÍAS. SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 de Noviembre del 2013.-
29/31 ENE. 03 FEB. LIQ. Nº 114822 $ 135,00








