BOLETÍN OFICIAL Nº 3 – 08/01/2014

Dra. MARÍA ROSA CABALLERO, Vocal de la Sala Primera de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, Presidenta de trámite en el Expte. Nº B-279.726/12, caratulado: “ORDINARIO POR USUCAPIÓN EN ENB.-191.793/08: ENRIQUE, MARINA ERNESTINA c/HERBAS, MÁXIMA JULIANA y quienes se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir”, sobre el inmueble ubicado en Finca La Falda y El Volcán, Departamento de Tumbaya, de esta Provincia de Jujuy, individualizado como, CIRCUNSCRIPCIÓN 3, SECCIÓN 2, PARCELA 7b Frac. 2da, PADRÓN H-1059, MATRÍCULA H-330 y según Plano de Mensura aprobado por Resolución de la Dirección Gral. de Inmuebles Nº 08107 de fecha 26 de Marzo de 2.008 y mide: Partiendo del esquinero norte pto a al b con rumbo NE: 413,00m; del pto. b al c con rumbo SE: 106,00m; del pto. c al d con rumbo SO: 413,00; del pto. d al pto. a de partida con rumbo NO: 106,00m. Limita al NO y NE: Parte Parcela 7a, al SE: con parte de Parcela 13 y al SO: con Ruta Nacional Nº 9. Se notifica a todos los que se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir, la siguiente providencia: SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 de Diciembre de 2.013. Al escrito de fs. 67: De la demanda ordinaria por prescripción adquisitiva de dominio interpuesta, córrase traslado a MÁXIMA JULIANA HERBAS, en el domicilio denunciado y a “todos los que se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir” mediante edictos, para que la contesten dentro del plazo de QUINCE DÍAS hábiles, bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho a hacerlo si así no lo hicieren (Art. 298 del C.P.Civil, Art. 531 del C.P. Civil-Conf. Modificación Ley 5486). Por Secretaría corríjase carátula consignando como demandado “y quienes se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir”. Publíquense Edictos por tres veces, dentro de un período de cinco días, en el Boletín Oficial y un diario local. Además deberán exhibirse los edictos en el local del Juzgado de Paz de TUMBAYA correspondiente al inmueble a usucapir, y en la Comisión Municipal de Volcán. Trasmitir mediante radiodifusión local durante TREINTA DÍAS, debiendo acreditarse con la certificación respectiva (conf. Art. 535º del C.P.Civil-modif. Ley 5486). Intímeselos en igual término para que constituyan domicilio legal dentro del radio asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarles en lo sucesivo por Ministerio de Ley. Notificaciones en Secretaría: Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Notifíquese por cédula. Fdo. MARÍA ROSA CABALLERO DE AGUIAR-Vocal. Ante mí: MARÍA TERESA BARRIOS-Secretaria. Publíquense EDICTOS en el Boletín Oficial y un Diario local por TRES VECES en CINCO DÍAS, haciéndose saber que se tendrá por notificado desde la última publicación de los mismos (art. 162 del C.P.C.).-SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 de diciembre de 2.013.

03/06/08 ENE. LIQ. Nº 115450 $ 75,00