LEY N° 2040

LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE:

L E Y N° 2040/1949
ARTICULO 1°.- Autorízase a la Municipalidad de la Capital a reforzar
las siguientes partidas del Presupuesto en vigencia:
ANEXO B – INCISO I – ITEM II
Partida 2 – Sueldo Oficial Mayor, en $ 520.-
ANEXO D – INCISO I – ITEM UNICO
Partida 13 – Para pago licencias, en “ 2.000.-
ANEXO D – INCISO II – ITEM UNICO
Partida 4 – Adquisiciones que se clasificarán
en: “ 1.730,74
a) Lubricantes y combustibles.
b) Cubiertas y cámaras y su reparación,
c) Repuestos y accesorios para unidades
Motorizadas,
d) Instrumental, equipos y herramientas
para talleres y depósitos,
e) Herramientas y materiales para Obras
Públicas, Cementerios, Matadero, Dirección
de Plazas y Parques, Mercado,
Hornos Incineradores, Lavadero Munici
pal, y su reparación.
f) Piassaval y materiales de limpieza,
g) Animales de tiro, arneses y forraje y
reparación de carros recolectores.
Total “ 4.250,74
ARTICULO 2°.- Autorízase a la Municipalidad de la Capital a invertir
la cantidad de Veinticinco mil novecientos treinta y dos pesos con
setenta y cinco centavos moneda nacional ($ 25.932,75 m/n.) para
atender el gasto de los trabajos de ampliación y modificación de la
obra “Construcción de 200 nichos para adultos en el Cementerio San
Salvador”.
ARTICULO 3°.- Las ampliaciones dispuestas precedentemente y que
ascienden a Treinta mil ciento ochenta y tres pesos con cuarenta y
nueve centavos moneda nacional ($ 30.183,49 m/n.) se cubrirán con
recursos provenientes de las partidas que a continuación se indican y
en las siguientes proporciones:
Anexo B – Inciso I – Item I
Partida 1 – Sueldo Intendente $ 3.000.-
Anexo B – Inciso II – Item III
Partida 2 – Sueldo Subtesorero “ 1.200.-
Anexo B – Inciso III – Item I
Partida 3 – Sueldo Subrestante
de primera “ 1.300.-
Anexo B – Inciso III – Item III
Partida 4 – Sueldo Jefe Mecán. “ 1.050.- $ 6.550.-
Anexo C – Inciso I – Item II
Partida 3 – Jornales Peones “ 3.000.- $ 3.000.-
Anexo D – Inciso I – It. Unico
Partida 4 – Aporte Patronal “ 1.200.-
Partida 10 – Adquisiciones que se clasificarán:
a) Muebles, útiles, implementos
Reparación y conservación
b) Libros, impresiones y útiles
de escritorio,
CORRESPONDE LEY Nº 2040

c) Chapas de rodados, de perros,
etc.
d) Máquinas de escribir, calcular,
bicicletas, implementos
reparaciones y su conservación
Partida 12 – Personal bajo Bandera “ 632,49 $7.832,49
Anexo D – Inciso II – It. Unico
Partida 3 – Adquisición de uniformes
y anexos para el personal jornalizado,
de servicio y subinspectores
“8.500.-
Partida 7 – Adquisición de materiales
para la construcción de ataú
des para pobres “1.500.-
Partida 8 – Para gastos de la Dirección
Sanitaria Química y Bromato
lógica “2.801.- $12.801.-
TOTAL $ 30.183,49
ARTICULO 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.
SALA DE SESIONES, JUJUY, 22 de diciembre de 1949.-
MARCOS R. PAZ
Secretario
JUAN JOSE CASTRO
Presidente