BOLETÍN OFICIAL Nº 133 – 25/11/2015

Dr. Jorge Daniel Alsina, Vocal de la Cámara en lo Civil y Comercial Sala II- Vocalia 6, en el Expte. N° C-044450/15 caratulado: “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles en Expte. Principal C-024756/2014: Tito Florencia Mercedes c/Ontiveros Romulo; Ontiveros Francisco y Otros”, hace saber que se ha dictado la siguiente providencia: “San Salvador de Jujuy 15 de Junio del Año 2015. I-Téngase presente el informe actuarial que antecede y por cumplida la intimación efectuada en el Expte. C-24.756/14 caratulado: “Medidas Preparatorias a la Prescripción Adquisitiva: Tito, Florencia Mercedes c/ Vilte, Zacarias” a la Dra. Cecilia Romina Cortes. II-Téngase por presentada a la Dra. Cecilia Romina Cortes, quien lo hace en nombre y representación de la Sra. Florencia Mercedes Tito, a mérito de las copias del Poder General para juicios, que debidamente juramentado acompaña a fs. 2/3 de autos, por parte y por constituido domicilio legal. III-Previo a correr traslado de la presente demanda a los accionados dése cumplimiento con lo que se dispone a continuación. IV- Citase a la Municipalidad de Abra Pampa y al Estado Provincial en los términos del Art. 534 inc. 1 y 2 de la Ley 5486, para que tomen conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados sus derechos pida participación como demandado, dentro del término de quince días hábiles, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. V-Asimismo citase a los colindantes del inmueble objeto de la presente medida, Sres. Arturo Chaparro, Gabino Chaparro, Esteban Flores, Emilio Apaza, Gabino Apaza para que tome conocimiento del presente juicio y si considerare afectados sus derechos pidan participación como demandado, dentro del término de quince días hábiles, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. VI – Citase y emplazase a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble individualizado como Padrón K-987, Circunscripción 1, Sección 1, Manzana 21, Lote 249, Inc. Dominial: Libro 1-F° 280-Asiento 279 del Departamento Cochinoca-Ciudad Abra Pampa, de titularidad registral del Sr. Zacarias Vilte a fin de que tome conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados sus derechos pidan participación como demandados, dentro del término de QUINCE DIAS hábiles de notificados, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. Notifíquese mediante EDICTOS en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días. VII-Asimismo ordenase la exhibición de los EDICTOS ordenados precedentemente, en la Municipalidad de Abra Pampa y transmítanse los mismos mediante radiodifusión local durante 30 (Treinta) días, debiéndose acreditar con la certificación respectiva conforme lo previsto en el Art. 535 de la Ley 5486 modificatoria del C.P.C.-…VII.-VIII-…IX-…X-… Fdo: Jorge Daniel Alsina (por habilitación)-Vocal-Por Ante mí: Dra. Agustina Paola Taglioli-Firma Habilitada. Publíquese en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días. San Salvador de Jujuy, 06 de Octubre de 2015. Dra. Agustina Paola Taglioli-Firma Habilitada.

25/30 NOV. 02 DIC. LIQ. Nº 122598 $210,00.-