BOLETÍN OFICIAL Nº 131 – 20/11/2015
Dra. Silvia Elena Yecora Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2, Secretaria Nº 4, en el Expte Nº C-285173/12 caratulado. “Ejecutivo: Banco Macro S.A. c/ Rodriguez Maria Fernanda”, se notifica por este medio a la demandada, Sra. Rodriguez Maria Fernanda, el siguiente proveído: “San Salvador de Jujuy, 04 de Marzo de 2013: 1.- Avocase la suscripta al conocimiento de la presente causa.- 2.- Téngase por presentado al Dr. Jenefes Joquín, parte y por constituido domicilio legal con patrocinio del Dr. Jenefes Juan, en nombre y representación de Banco Macro S.A. a merito de la copia de poder gral. para juicio que acompaña en autos.- 3.- Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., librese en contra del demandado Rodriguez Maria Fernanda, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de Pesos Siete Mil Treinta y Tres C/38/100 Ctvs. ($7.033,38) por capital reclamado, con mas la suma de Pesos Tres Mil Quinientos Dieciséis C/69/Ctvs. ($3.516,69), calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio.- En defecto de pago trabese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades, bebiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada, y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores, y cítesele de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del termino de CINCO DIAS, en el Juzgado Civil y Comercial Nº 2, Secretaria 4, sito en calle Independencia Esq. Lamadrid bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- 4.-Al efecto comisiónase al Sr. Juez de Paz, con la facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza publica si fuera necesario.- Asimismo intimase al demandado, para que el mismo plazo antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los Tres Kilómetros del asiento de éste Juzgado, bajo apercibimiento de considerarla notificada por Ministerio de la Ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten (Art. 52 del C.P.C.).- 5.-Notifíquese (Art. 154 del C.P.C.).- Fdo. Dra. Silvia Elena Yecora, Jueza, ante mi, Dra. Beatriz Borja, Secretaria.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días.-Asimismo se le hace saber que los términos comienzan a correr a partir de la ultima publicación y en su caso de incomparecencia se le designara un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes.-
20/23/25 NOV. LIQ. Nº 122574 $210,00.-








