BOLETIN OFICIAL Nº 49 – 24/04/2026

El Dr. Puca, Diego Armando, Juez en Juzgado de Primera Instancia Nº 2 – Secretaría 3, en el Expediente C-280786/2025, caratulado: “EJECUCIÓN PRENDARIA: PLAN ROMBO SOCIEDAD ANONIMA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS c./ CARDOZO, MARIA DEL VALLE y OVEJERO, IRMA MABEL “, notifica a la Sra. OVEJERO, IRMA MABEL (D.N.I. Nro. 31.687.332), con domicilio en calle RUTA N° 2, KM. 4 1/2, SAN SALVADOR DE JUJUY, DR. MANUEL BELGRANO, PROV. JUJUY, de la providencia que a continuación se transcribe: SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 de Septiembre de 2025.- 1.- Proveyendo el escrito Nº 1875985, téngase por presentado al Dr. DIEGO L. ZURUETA, por parte, por constituido domicilio legal, en nombre y representación de Plan Rombo Sociedad Anónima de Ahorro para Fines Determinados, a mérito de la copia del Poder Gral. Para juicios que agrega.- 2.- Proveyendo el escrito Nº 1907359, agréguese y téngase presente los aportes de Ley y la documentación original que adjunta en formato PDF.- 3.- Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los Arts. 515, 519 y cc del C.P.C. líbrese en contra de la demandada Sra. María Del Valle Cardozo Dni Nº 22.188.663 e Irma Mabel Ovejero, DNI N° 24.611.732, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de pesos veinte millones doscientos diecinueve mil quinientos noventa y nueve con sesenta y nueve centavos ($20.219.599,69), en concepto de capital, con más la suma de pesos diez millones ciento nueve mil setecientos noventa y nueve con 84/100 ctvos ($10.109.799,84), calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio.-4.- Cítesele al demandado de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de TRES DIAS, en el Juzgado Civil y Comercial Nº 2, Secretaría 3, sito en calle INDEPENDENCIA Esq. LAMADRID bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.-5.- Al efecto comisiónase al Sr. OFICIAL DE JUSTICIA y/o JUEZ DE PAZ, con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuera necesario.-6.- Asimismo, intimase al demandado, para que el mismo plazo antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KILOMEROS de asiento de éste Juzgado, bajo apercibimiento de considerarla notificada por Ministerio de la Ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten ( Art. 52 del C.P.C.).-7.- Agréguese y téngase presente los aportes de ley que adjunta en formato PDF.-8.- Impóngase al letrado la confección de las diligencias la que deberán cargar en el S.I.G.J. correspondiente al link de Diligencias Colaborativas para su posterior control y firma por Secretaría (Art. 85 CPC).9.- Notifíquese (Art. 169 del C.P.C.).- OTRO DECRETO: San Salvador de Jujuy, 01 de abril del 2026.- 1.- Atento a lo manifestado por el Dr. ZURUETA, DIEGO LUIS en su escrito Nº 2194989 y a constancias de autos, déjese sin efecto la providencia de fecha 25/03/2026.-2.- A lo solicitado por el Dr. ZURUETA, DIEGO LUIS en su escrito Nº 2194989, líbrese Edictos a fin de notificar al demandado Sra. OVEJERO, IRMA MABEL DNI Nº 24.611.732, los que deberán ser publicado en un diario local y en el Boletín Oficial, tres veces en cinco dias, haciéndole saber al accionado que los términos comienzan a correr a partir del DECIMO DIA de la última publicación, conforme lo establecido por el art. 162 del C.P.C.3.- Impóngase al profesional la confección de las diligencias respectivas, las que deberán ser cargadas en el S.I.G.J. en el link de Diligencias Colaborativas para su posterior control y firma por Secretaría (Art. 85 C.P.C. y C. ley 6.358).4.- Notifíquese (Art. 169 del C.P.C.).- Firmado por Puca, Diego Armando – Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial. Firmado por Zalazar Reinaldi, Juan Pablo – Prosecretario Técnico Administrativo.- Publíquese edictos en un diario local y en el Boletín tres veces en cinco días, haciéndole saber al accionado que los términos comienzan a correr a partir del DECIMO DIA de la última publicación, conforme lo establecido por el art. 162 del CPC.-

24/27/29 ABR. LIQ. Nº 43657 $28.500,00.-