BOLETÍN OFICIAL Nº 20 – 20/02/15
EXPTE. Nº 0252-1284-13.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 DIC. 2014.-
VISTO:
El pedido efectuado por la Lic. Agustina Scaro, de autorización para continuar con las investigaciones arqueológicas en el área que tiene por límite Sur la Esquina de Huajra, hacia el Norte de la cuenca superior del arroyo de Tumbaya Grande, hacia el Este la margen oriental del río Grande y hacia el Oeste las nacientes del arroyo de Tumbaya Grande, como asimismo la renovación de la tenencia de los materiales recuperados de las excavaciones para su análisis, y
CONSIDERANDO:
Que la profesional presentó en tiempo y forma su informe arqueológico final, el inventario de las colecciones arqueológicas recuperadas y las publicaciones científicas realizadas en el marco del proyecto “Arqueología de Tumbaya, Paisajes Sociales en un Sector de la Quebrada de Humahuaca (Jujuy) durante Épocas Tardías” (Departamento Tumbaya), autorizado mediante Decreto Nº 6900-G-2010;
Que el proyecto a ejecutar en este nuevo periodo se denomina “Arqueología de Tumbaya. Paisajes Sociales en un Sector de la Quebrada de Humahuaca (Jujuy) Durante la Etapa Agroalfarera”, en el área geográfica citada supra;
Que conforme explicita la Secretaria de Cultura en su intervención de fs. 28/29, existe opinión favorable de su Departamento de Investigaciones Arqueológicas, asimismo informa la fecha de vigencia que tendrá dicha autorización;
Que a fs. 30/30vta. Fiscalía de Estado emite dictamen legal expresando que no existen observaciones al pedido efectuado, por encontrarse conforme a las previsiones del Decreto-Ley Nº 3866/82;
Por ello, y a los fines de su regularización administrativa;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Ampliase por el término de tres (3) años-Enero de 2014 a Enero de 2017), la autorización otorgada por Decreto Nº 6900-G-2010 a favor de la Lic. AGUSTINA SCARO, DNI Nº 32.366.177, para la realización de investigaciones arqueológicas y renovación de la tenencia de material arqueológico de las excavación realizada en el área que tiene por límite Sur la Esquina de Huajra, hacia el Norte de la cuenca superior del arroyo de Tumbaya Grande, hacia el Este la margen oriental del río Grande y hacia el Oeste las nacientes del arroyo de Tumbaya Grande, a tenor de lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 2º.-El Departamento de Investigaciones Arqueológicas de la Secretaria de Cultura tendrá a su cargo el seguimiento de las tareas desarrolladas, el control del plazo acordado, recepción de los informes de avance e informe final de las investigaciones realizadas, como así la registración y custodia de los restos arqueológicos e históricos hallados conforme a las previsiones del Decreto-Ley Nº 3855/82.-
ARTICULO 3º.-Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaria de Cultura a sus demás efectos de competencias.-
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR