BOLETÍN OFICIAL Nº 20 – 20/02/15
EXPTE. Nº 600-976/13.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 DIC. 2014.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Apruébase en todas sus partes el CONVENIO ÚNICO DE COLABORACION Y TRANSFERENCIA (obrante a fs. 2/7), y Anexos I y II que integran el mismo (fs. 8 y 9/16), respectivamente, suscripto en fecha 04-11-2013 en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS de la Nación, representada por su titular Arq. Germán NIVELLO, por una parte, y por la otra, la Provincia de Jujuy, representada por el señor Gobernador Dr. Eduardo Alfredo FELLNER, a los fines y efectos enunciados en los considerandos del presente instrumento.-
ARTICULO 2º.-Facúltase al señor Ministro de Infraestructura, Planificación y Servicios Públicos a suscribir Convenios con Municipios, Comisiones Municipales y/u Organismos provinciales- municipales correspondientes, a efectos del cumplimiento de los objetivos expresados en el Convenio único de Colaboración y Transferencia aprobado por el artículo anterior.-
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR