BOLETÍN OFICIAL Nº 129 – 16/11/2015
En la Cámara Civil y Comercial-Sala N° 2-Vocalia N°6, en el Expte. N° C-019.036/2014 caratulado: “Ordinario por Daños y Perjuicios: Mamani, Jose Leopoldo c/ Rutagro S.R.L. y Pardo, Sergio Andrés y Otros”, se hace saber a la demandada Rutagro S.R.L.; la siguiente providencia: San Salvador de Jujuy, 14 de Febrero de 2014.- I.-Téngase por presentado al Dr. JUAN MANUEL UGARTE, a mérito de las copias del Poder General para juicios, que debidamente juramentado acompaña a fs. 82/83 de autos, por parte y por constituido domicilio legal.- II-De la demanda ordinaria deducida, córrase TRASLADO a Rutagro S.R.L., Pardo Sergio Andrés y Renault Argentina S.A., en los domicilios denunciados, y con las copias respectivas, para que contesten dentro del término de quince días hábiles con más DOS DIAS hábiles para los dos primeros de los nombrados y diecinueve días hábiles para el último de los nombrados en razón de la distancia; contados a partir de la notificación de la presente providencia, bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho para hacerlo, si así no lo hiciere (Art. 298 del C.P.C.).- III-Intímese a los demandados, para que el plazo precedentemente señalado, constituyan domicilio legal dentro del radio asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarles las posteriores resoluciones cualquiera fuere su naturaleza por Ministerio de Ley.- IV – Notificaciones en Secretaria: Martes y Jueves o el siguiente día hábil, si alguno de ellos fuere feriado.- V- Actuando en autos el principio contenido en el Art. 50 del C.P.C. imponese al proponente la carga de confeccionar la diligencia correspondiente para su posterior control y firma del tribunal los que deberán presentarse en secretaría de esta Sala.- VI – Atento el informe actuarial que antecede intímese al Dr. Juan Manuel Ugarte para que dentro del término de cinco días hábiles proceda a dar cumplimiento con el pago de aporte inicial, estampilla profesional, estampilla provisional y tasa de justicia, bajo apercibimiento de aplicarle una multa de $10 por cada día de demora y sin perjuicio de lo establecido por el Art. 19 de la L.O.T.- VII – Notifíquese por cedula y a los demandados en los domicilios denunciados. Fdo. Noemi Adela Demattei De Alcoba-Vocal- por ante mí: Dra. Agustina Gonzalez Fascio-Secretaria.- Publíquese Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art. 162 del C.P.C) por tres veces en el término de cinco días. Se haber saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos.- Secretaria: Dra. Agustina Gonzalez Fascio.- San Salvador de Jujuy 26 de Junio de 2015.-
16/18/20 NOV. LIQ. Nº 122545 $210,00.-








