BOLETÍN OFICIAL Nº 129 – 16/11/2015
Dra. Maria Cristina Molina Lobos, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6-Secretaria Nº 12, en el Expte. Nº B-270827/10 caratulado: “Ejecutivo: Credinea S.A. c/ Martínez Andrés” hace saber por este medio a la Sra. Martínez Andrés que en los autos de referencia se ha dictado la siguiente resolución: “San Salvador de Jujuy, 10 de Octubre de 2.014.- Autos y Vistos…Resulta…Considerando…Resuelve: 1º) Mandar llevar adelante la ejecución seguida por Credinea S.A. en contra de Martínez, Andrés hasta que la primera se haga íntegro pago del capital reclamado de NUEVE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 50/100 CENTAVOS ($9.664,50) con más los intereses a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa: “Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el expte. Nº B-145.731/05 (Sala I- Tribunal del Trabajo)) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi Yolanda y otro“, (L.A. 54, Fº 673-678- Nº 235), con más un interés punitorio equivalente al 50% de la tasa mencionada, desde la mora y hasta su efectivo pago más IVA si correspondiere.- 2º) Imponer las costas a la demandada vencido (Art. 102 del C.P.C). 3º) Regular los honorarios profesionales de la letrada interviniente Dra. Lucia Di Pasquo en la suma de PESOS MIL CUATROCIENTOS VEINTE CON 68/100 CTVOS.($1.420,68) por su actuación en el doble carácter, importe que devengará un interés igual a la tasa consignada para el capital, desde igual época y hasta su efectivo pago, más IVA si correspondiere, (Art. 2, 6, 15 y ccs de la Ley Nº 1687 de Aranceles de Abogados, Procuradores y Escribanos).- 4º) Notificar por cédula y en lo sucesivo por Ministerio de la Ley (Art.154 del C.P.C.).- 5º) Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- Fdo. Dra. Maria Cristina Molina Lobos-Juez. Ante mi: Dr. Mauro Di Pietro-Prosecretario T. de Juzgado.-Publíquense en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días.- Prosecretario T. de Juzgado: Dr. Mauro Di Pietro.- San Salvador de Jujuy, 29 de Junio de 2.015.-
13/16/18 NOV. LIQ. Nº 122431 $210,00.-








