BOLETÍN OFICIAL Nº 129 – 16/11/2015

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7 Secretaria Nº 14, en el Expte. Nº B-240729/10, caratulado: “Ejecutivo: Credimas S.A. c/ Jesús Ernesto Sarapura”, se hace saber al demandado Sr. Jesús Ernesto Sarapura, la siguiente sentencia: “//Salvador de Jujuy, 29 de Junio de 2015: Auto y Oficial de Pobres y Ausentes, como apoderado del Sr. Jesús Ernesto Sarapura, a mérito de las facultades conferida a fs. 67 y mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por Credimas S.A., en contra de Jesús Ernesto Sarapura, hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS: SETECIENTOS SETENTA y CINCO ($775),con más las costas del juicio y el interés a la Tasa Activa que cobra mensualmente el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de documentos, desde la mora 02/Octubre/2009 y hasta el efectivo pago más un interés punitorio del 50% de la ordenada precedentemente.- II.- Regular los honorarios de la Dra. Lucias Di Pasquo, en la suma de $660.-,por su labor desarrollada en autos, suma esta que solo en caso de mora devengara intereses conforme tasa activa que el Banco de la Nación Argentina cobra mensualmente para sus operaciones de descuento y lo considerado, con más IVA si correspondiera.- III.- Notificar la presente resolución al accionado en la Persona del Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes y mediante Edictos.- IV.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- V.- Firme la presente, por Secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- VI.- Registrar, agregar copia en autos, notificar a las partes, C.A.P.S.A.P. y por Edictos.- Fdo.: Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez. Ante mi: Esc. Nadia Torfe-Secretaria por Habilitación”.-Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art. 162 del C.P.C.) por Tres Veces en el término de cinco días. Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de Edictos y que las copias se encuentran reservadas en secretaria.- Secretaria por Habilitación: Esc Nadia Torfe.- San Salvador de Jujuy, 30 de Junio de 2015.-

11/13/16 NOV. LIQ. Nº 122427 $210,00.-