BOLETÍN OFICIAL Nº 128 – 13/11/2015
Dra. Marisa E. Rondon, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3, Secretaria Nº 5, de la Provincia de Jujuy en el EXPTE. Nº C-005728/13 caratulado: Ejecutivo: Compañía Financiera Argentina S.A c/ Borja Beatriz Marcela, hace saber a la Sra. Borja Beatriz Marcela, la siguiente Resolución que a continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy, 06 de Julio del 2.015.- Autos y Vistos:… Resulta:…Considerando:…Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por la Compañía Financiera Argentina Sociedad Anónima en contra de la Sra. Beatriz Marcela Borja hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS VEINTITRES MIL CIENTO NOVENTA Y OCHO con TREINTA Y UN CENTAVOS ($23.198,31) con más los intereses de la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema C/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 fº 673/678 Nº 235), y con más el cincuenta por ciento (50%) de lo que resulten de los compensatorios en concepto de intereses punitorios, los que se calcularan desde la presentación del documento al cobro y hasta el efectivo pago”.- II.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- III.- Regular los honorarios profesionales de la Dra. Analía Elisabeth Almazan en la suma de PESOS TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE con SETENTA Y SEIS CENTAVOS ($3.247,76), por la labor profesional desarrollada en autos, de conformidad a lo dispuesto en los Arts. 2, 4, 6 y 15 de la Ley 1687/46, devengará un interés igual a la tasa consignada para el capital, desde igual época hasta su efectivo pago, de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema C/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 Fº 673/678 Nº 235), de fecha 11/5/2011), con más IVA si correspondiere.- IV.- Hacer efectivo el apercibimiento a fs. 10 en contra de la Sra. Beatriz Marcela Borja mandándose notificar la presente Resolución mediante la Publicación de Edictos y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- V.- Firme la presente, intímese a la parte actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- VI.- Agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar.- h.c Fdo. Dra. Marisa E Rondon-Juez-Ante Mí. Proc. Marta J. Berraz de Osuna-Secretaria.-Notifíquese a la demandada por edictos que se publicarán en un diario local y en el Boletín Oficial por el término de tres veces en cinco días.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días. Secretaria: Sec. Marta J. Berraz de Osuna.- San Salvador de Jujuy, 28 de julio de 2015.-
13/16/18 NOV. LIQ. Nº 122499 $210,00.-








