BOLETÍN OFICIAL Nº 128 – 13/11/2015

El Dr. Enrique R. Mateo, Vocal de la Sala II de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el Expte. B-232.671/10 caratulado: “Ordinario por Daños y Perjuicios: Orellana, Adriana Patricia c/ Flores Maizares, Oscar Benancio”, se ha dictado el siguiente decreto: “San Salvador de Jujuy, 18 de marzo de dos mil quince.- 1.-Proveyendo al escrito de fs. 110 y atento a lo informado por el Actuario precedentemente, dése por decaído el derecho a contestar la demanda a Oscar Benancio Flores Maizares, debiendo designarse oportunamente como su representante legal al Defensor Oficial de Pobres y Ausentes que por turno corresponda, a quien deberá dar en autos debida participación.- 2.- Notifíquese por cedula y a Oscar Benancio Flores Maizares mediante Edicto en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días.- 3.- Firme, cúmplase con lo dispuesto en el Primer párrafo .- 4.- Impónese a la parte interesada la carga de confeccionar los Edictos ordenados y presentarlos por ante Tribunal para su control y firma (art. 50 y 72 del C.P.Civil). 5.- Notifíquese por cedula.- Fdo. Dr. Enrique R. Mateo- Ante Mi Dr. Néstor de Diego- Secretario

09/11/13 NOV. LIQ. Nº 122467 $210,00.-