BOLETÍN OFICIAL Nº 128 – 13/11/2015

Dr. Norberto A. Costamagna. Vocalía N° 8 del Tribunal de Familia, del Centro Judicial San Pedro, hace saber que en el Expte. N° D-005327/14, caratulado: Divorcio Vincular Contencioso: Lamas Juana Paulina c/ Tolaba Liberato, se han dictado las siguientes providencias: //Pedro de Jujuy, Julio 28 del 2015.- I.-Proveyendo escrito que antecede y demás constancias de autos, cúmplase con lo solicitado como se pide. II.-En consecuencia: Notifíquese al accionado Sr. Liberato Tolaba (DNI N° 8.200.309) conforme lo dispone el art. 162 de Código Procesal Civil, publicándose Edictos en el Boletín Oficial y un Diario local, tres veces en cinco días, proveído de fecha Mayo 27 del 2014, obrante a fs. 30, con cargo de diligenciamiento a la actora de autos. III.- Notifíquese.- Fdo. Dr. Norberto A. Costamagna, Vocal Tribunal de Familia, ante mí: Dra. Fabricia R. Melano Sing, Secretaria.- //Pedro de Jujuy, 27 de Mayo del 2014.- I.- Téngase por presentada la Dra. María Josefina Alvarez, en nombre y representación de la Sra. Juana Paulina Lamas ( DNI N° 5.072.996 ), por constituido domicilio procesal, a merito del Poder General para Juicios y trámites administrativos arrimada a fs.4.- II.- Admítase la presente acción de Divorcio vincular, córrase traslado de la misma con la copia respectiva al demandado para que la conteste dentro de quince días con mas once días en razón de la distancia de notificado bajo apercibimiento de tenerla por contestada si no lo hiciere (articulo 298 CPC). III.- A los fines de la notificación al demandado, líbrese Oficio Ley N° 22.172. IV.- Notificaciones en Vocalía, martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuese feriado. V.- Notifíquese mediante cedula ley.-Fdo. Dr. Norberto A Costamagna, Vocal Tribunal de Familia, ante mi Dra. Fabricia Melano Sing- Prosecretaria TJ- //Pedro de Jujuy, Julio 28 del 2015.-

09/11/13 NOV. LIQ. Nº 122470 $210,00.-