BOLETÍN OFICIAL Nº 126 – 09/11/2015

Poder Judicial de la Nación-Hago saber que el Dr. Mariano Wenceslao Cardozo, Juez Federal de Primera Instancia en la Provincia de Jujuy, Secretaría Civil, en el Expte. N° FSA 12249/2015, caratulado: “Banco de la Nación Argentina c/ Gonzalez, Gustavo Alejandro y Otra s/ Ejecuciones Varias”, ha dispuesto notificar lo siguiente: “San Salvador de Jujuy, 11 de agosto de 2015. Por presentado al Dr. Daniel Abraham Anun, por constituido domicilio electrónico y por parte en la representación que invoca, a mérito de la copia de poder que acompaña, con el patrocinio letrado de la Dra. Carmen B. Nasif.- Atento lo informado por Secretaría, acredite la actora el pago correspondiente a tasa de justicia y los letrados mencionados el pago correspondientes a C.A.P.S.A.P., en el término de cinco días de notificados. Líbrese mandamiento de intimación de pago en contra de Gustavo Alejandro Gonzalez y Patricia Carolina Encina, hasta hacer la parte actora íntegro pago de la suma de PESOS CUARENTA MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y UNO CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS ($40.551,59) en concepto de capital, con más la de PESOS SEIS MIL ($6.000) calculada provisoriamente para responder a acrecidas del juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes muebles de propiedad del accionado, hasta cubrir los importes mencionados, los que serán denunciados en el momento de la traba por el apoderado de la actora y/o la persona que el mismo indique, debiendo designarse depositario judicial de los mismos al propio afectado o a persona de responsabilidad y arraigo. La intimación de pago importará la citación de remate para oponer excepciones legítimas dentro del término de cinco días, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución y el emplazamiento para que en el mismo plazo constituya domicilio procesal dentro del radio de la ciudad de San Salvador de Jujuy, bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados de este Juzgado. Notificaciones en Secretaría: martes y viernes.- Para el cumplimiento de la medida dispuesta, comisiónese al Sr. Oficial de Justicia, quién queda facultado para allanar el domicilio y hacer uso de la fuerza pública en caso necesario. A lo solicitado en el punto V de la demanda de autos, no ha lugar, sin perjuicio de disponerse lo peticionado oportunamente. Fdo. Mariano Wenceslao Cardozo Juez Federal de Jujuy”.- “San Salvador de Jujuy, 06 de octubre de 2.015. Visto el pedido formulado por la actora en el escrito que antecede, notifíquese la presente demanda a Gustavo Alejandro Gonzalez y Patricia Carolina Encina, de conformidad a lo dispuesto por los arts. 145, 146 y 147 del C.P.C. Fdo. Mariano Wenceslao Cardozo-Juez Federal de Jujuy”.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y diario local durante dos días.- San Salvador de Jujuy, a los 21 días del mes de octubre de 2015.-

06/09 NOV. LIQ. Nº 122454 $140,00.-