BOLETÍN OFICIAL Nº 124 – 04/11/2015

Nº 108.- Primer Testimonio.- Escritura Publica Numero Ciento Ocho.- Reconducción y Modificación de Contrato Social.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los veintisiete del mes de Julio del año dos mil quince, ante mí Ángela Maria Boero, Escribana Pública Nacional, Titular del Registro Treinta y Siete, con asiento en esta Ciudad, comparecen: los señores, Flavio Antonio Abarza, con Documento Nacional de Identidad número 8.042.441, C.U.I.T./L. número 20-08042441-9, casado en primeras nupcias con Estela del Valle Campos, Profesor de Química y Merceología, domiciliado en calle Las Heras número 718, del Barrio Primero de Marzo de esta Ciudad; y Alfredo Jubencio Sosa, con Documento Nacional de Identidad número 7.286.041, casado en primeras nupcias con Olga Aída Vázquez, C.U.I.T./L. número 20-07286041-2, Jubilado, domiciliado en calle San Luis número 238 del Barrio Nueve de Julio de la Ciudad de Palpalá, Departamento del mismo nombre de esta Provincia; ambos argentinos, mayores de edad, personas hábiles, de mi conocimiento en los términos del art. 1002 inc. a) del Código Civil, doy fe.- Declaraciones de las Partes: Y los nombrados comparecientes intervienen en su carácter de únicos socios de la sociedad “FLAMA S.R.L.”, CUIT N° 30-67146857-7, con domicilio en Av. Congreso N° 500 (esq. Alvear) del B° Gral. Savio-Palpala, calidad que invocan con la siguiente documentación: 1) Contrato Constitutivo celebrado por instrumento privado de fecha diez de Febrero del año 1994, inscripto en el Registro Público de Comercio de la Provincia, al Folio 298, Acta número 295, del Libro de S.R.L. y Registrado con Copia, bajo Asiento número 7, al Folio 45/50- S.R.L. del Legajo II, Tomo II, del Registro de Escrituras Mercantiles, ambas inscripciones en fecha 25 de Abril del año 1994.- 2) Contrato de Cesión de Cuotas Sociales y Modificación de Contrato Constitutivo de fecha 14 de Abril de 1998, inscripto con copia en el Registro Público de Comercio de esta provincia bajo asiento número 56, folios 156/159, del Legajo I-Tomo II de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L. en fecha 1° de Junio de 1998 (01/06/1998). 3) Contrato de Transferencia de Cuotas Sociales de fecha 31/12/1998, registrado con copia en el Registro Público de Comercio de Jujuy bajo asiento número 14, folios 55/58 del Legajo III de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L. en fecha 14 de Junio de 2000. 4) Contrato de Transferencia de Cuotas Sociales de fecha 17 de Mayo de 2001 registrado con copia en el Registro Publico de Comercio de Jujuy bajo asiento número 23, folios 126/129 del Legajo IV de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de SRL en fecha 24 de Julio de 2001. Y los nombrados comparecientes a mérito de los antecedentes referenciados y que los legitiman a realizar el presente acto, continúan diciendo: Que vienen por este acto a solicitarme : I.- La Protocolización de las Actas que determinan la Reconducción del Plazo de duración de la sociedad FLAMA S.R.L. número 69 de fecha 11 de Abril del año 2014 y Acta número 70 de fecha 25 de Abril del año 2014, las que obran en el Libro de Actas Numero 1, debidamente rubricado y foliado que tengo a la vista para este acto, las que a continuación transcribo: “Acta n° 69/2014 -En la ciudad de Palpalá (Prov. de Jujuy-Rep. Argentina) al once de Abril de 2014, en el domicilio legal de Flama Sociedad de Responsabilidad Limitada, siendo las horas 14:00 se reúnen los socios Flavia A. Abarza y Alfredo J. Sosa, a fin de tratar el siguiente orden del día: Continuidad o Disolución de Flama Sociedad de Responsabilidad Limitada. Primero: El socio Alfredo J. Sosa expone que la sociedad registra los siguientes instrumentos legales constitutivos y modificatorios: 1) Contrato Constitutivo otorgado mediante Instrumento Privado suscripto en fecha 23 de Febrero de 1994, inscripto en el Registro Público de Comercio al folio 298, Acta N° 295 del Libro S.R.L. en fecha 25 de Abril de 1994, registrada con copia bajo Asiento N° 7 al folio 45/50 de S.R.L. del Legajo II-Tomo II del Registro de Escrituras Mercantiles con fecha 25 de Abril de 1994. 2) Contrato de Cesión de Cuotas Sociales y Modificación de Contrato Constitutivo de fecha 14 de Abril de 1998, inscripto con copia en el Registro Público de Comercio de esta provincia bajo asiento n° 56-folios 156/159 del legajo I-Tomo II de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L. en fecha 1° de Junio de 1998 (01/06/1998). 3) Contrato de Transferencia de Cuotas Sociales de fecha 31/12/1998, registrado con copia en el Registro Público de Comercio de Jujuy bajo asiento n° 14-folios 55/58 del Legajo III de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L. en fecha 14 de Junio de 2000. 4) Contrato de Transferencia de Cuotas Sociales de fecha 17 de Mayo de 2001 registrado con copia en el Registro Publico de Comercio de Jujuy bajo asiento n° 23-folios 126/129 del Legajo IV de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de SRL en fecha 24 de Julio de 2001. 5) Acredita la personería y existencia de la sociedad mediante la documentación en original. 6) Conforme al Artículo primero del Contrato Constitutivo de Sociedad de fecha 10 de Febrero de 1994 se establece que el plazo de Duración de la Sociedad será de veinte (20) años, contados a partir de la fecha de Inscripción en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy. Segundo: Del apartado 6 del punto primero precedente se desprende que el plazo de vencimiento de la sociedad opera el 25 de Abril de 2014.- Tercero: El Socio Flavio A. Abarza toma la palabra y realiza una exposición retrospectiva y actual de la actividad de la sociedad en cumplimiento del objeto social, la que en todo sentido es conceptuada como buena. También realiza un diagnóstico de las perspectivas futuras para finalmente accionar a favor de la continuidad de la sociedad por el término de cinco (5) años más a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy. Cuarta Por unanimidad se resuelve: a) Aprobar la continuidad de la Sociedad por el Termino de cinco (5) años, con el Patrimonio Neto de $433.424,52 que registra el Balance General a lo 31/01/2014.- b) Realizar los trámites pertinentes para legalizar la continuidad de la sociedad. Quinto: No habiendo más que tratar finaliza la sesión a horas 17:00 firmando los socios en prueba de conformidad.- Hay dos firmas ilegibles y dos sellos aclaratorios que dicen Alfredo Sosa-Flama S.R.L. y Flavio A. Abarza-Socio Gerente-Flama SRL.- “Acta n° 70/2014-En la ciudad de Palpalá (Prov. de Jujuy-Rep. Argentina) al veinticinco de Abril del 2014, en el domicilio legal de la sociedad, sito en Avda. Congreso N° 500 se reúnen todos los socios de Flama Sociedad de Responsabilidad Limitada a fin de considerar el siguiente orden del día: 1° Ratificación del Acta N° 69 de fecha 11/04/2014 de Reunión de Socios. Extensión de la Responsabilidad de los socios frente a Terceros. 1° Con relación al punto 1 del Orden del Día, los socios ratifican el contenido del Acta número 69 de fecha 11/04/2014, mediante la cual manifestaron su voluntad de prorrogar el plazo de duración de la Sociedad por el término de (5) cinco años. Que ante la falta de Inscripción en el Registro Público de Comercio del Acta referenciada, expresamente Resuelven la Reconducción de la Sociedad por el término de (5) años contados a partir de la fecha de otorgamiento de la respectiva escritura mediante la cual se formalice la voluntad de Reconducir. Asimismo designan a la Escribana Ángela M. Boero, Titular del Registro Notarial N° 37 de esta provincia, para que autorice la Escritura de Modificación del Contrato Social y de Reconducción de la Sociedad; y realice todas las gestiones pertinentes en el Registro Público de Comercio de la provincia para su inscripción, y cuantos actos se le requieran para tal fin.- 2° Con relación al punto 2 del Orden del Día, los socios toman a su cargo y asumen responsabilidad solidaria e ilimitada frente a terceros y entre sí, desde la fecha del plazo social hasta la fecha de Reconducción.- Después de un intercambio de opiniones se aprueba por unanimidad los puntos 1° y 2° del Orden del Día. Previa lectura y aceptación de sus términos firman la presente Acta de conformidad los dos únicos socios de la sociedad Sres. Flavio A. Abarza y Alfredo J. Sosa.- Hay dos firmas ilegibles y dos sellos aclaratorios que dicen: Alfredo Sosa-Flama S.R.L. y Flavio A. Abarza-Socio Gerente Flama S.R.L.- Es copia fiel, Doy fe.- II.- Por lo expuesto y a mérito de la voluntad expresada en las Actas transcriptas los comparecientes, únicos socios de la Sociedad Flama S.R.L. expresan su voluntad de: II.1. RECONDUCIR el PLAZO de duración de la Sociedad FLAMA S.R.L. por el término de CINCO (5) años a contar desde la fecha de la presente escritura, por lo que el Vencimiento del plazo, operada la Reconducción será el día 27 de Julio del año 2020. II.2. Asumen en forma solidaria e ilimitada todas las obligaciones originadas por la Sociedad desde la fecha de vencimiento del Plazo social (25/04/2014) hasta el día de la fecha. III.- Asimismo ratifican la voluntad expresada en el Acta número 68 de fecha 10/04/2014 de Modificar el artículo Cuarto del Contrato Social el que tendrá en lo sucesivo la siguiente redacción: “Articulo Cuarto: La Representación, Dirección y Administración estará a cargo de un Gerente General que cada dos años designará la Reunión de socios, quien actuará y usará su firma precedida del sello social. Solo podrá obligar a la Sociedad en operaciones que se relacionen con el Objeto social, quedando prohibido comprometerla en fianzas a favor de terceros. Para el cumplimientos de los fines sociales el Gerente queda autorizado: a) operar con toda clase de Bancos y/o cualquier otra clase de Entidad o Institución crediticia o financiera de cualquier índole; b) otorgar poderes a favor de socio/s o terceras personas para representarla en todos los asuntos judiciales y/o administrativos de cualquier fuero o jurisdicción; c) tomar dinero en préstamo garantizado o no con derechos reales, aceptar prendas o constituirlas y cancelarlas, adquirir o ceder créditos, comprar y vender mercaderías y productos, derechos y acciones, permutar, dar y recibir en pago, cobrar y recibir; efectuar pagos, transacciones y celebrar contratos de locación y rescindirlos y cualquier contrato de cualquier naturaleza; realizar todos los actos inherentes al objeto social entendiéndose a tal efecto que la presente enumeración no es taxativa sino enunciativa. La sociedad será representada en cualquier acto por el Gerente, ya sea ante cualquier persona física y/o ante cualquier Persona Jurídica pública y/o privada, Repartición, Organismos y/o Entes Nacionales, Provinciales y/o Municipales.-” Los nombrados comparecientes, como únicos socios de la sociedad Flama S.R.L. RATIFICAN las demás cláusulas del Contrato Social no modificadas por el presente instrumento, las que continúan en plena vigencia.- En consecuencia y a efectos de Inscribir la presente Reconducción y Modificación del Contrato Social de la Sociedad Flama S.R.L. facultan a la Escribana Actuante a realizar todos los actos, gestiones y diligencias necesarios para inscribir la presente en el Registro Público de Comercio de esta Provincia, quedando investida de todas las facultades requeridas para el cumplimiento de tal fin.- LEO esta escritura a los comparecientes, quienes la Ratifican y firman ante mí, Escribana Autorizante, doy fé.- Hay dos firmas ilegibles, una aclaración de puño y letra que dice: Alfredo J. Sosa y un sello aclaratorio que dice: Flavio A. Abarza-Socio Gerente-Flama S.R.L. Esta mi sello y firma Notarial.- Ante mí: Ángela Boero.- Concuerda: con su matriz que corre a los Folios 300/302 del Protocolo del corriente año a mi cargo.- Para los interesados expido este Primer Testimonio en tres fojas de Actuación Notarial que sello y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.- ESC. ÁNGELA MARIA BOERO, TIT. REG. Nº 37, S.S. DE JUJUY.-

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 22 de Septiembre de 2015.-

MARTA ISABEL CORTE

P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO

04 NOV. LIQ. Nº 122419 $150,00.-