BOLETÍN OFICIAL Nº 23 – 30/03/05
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
E X P E D I E N T E N° 16-0-18967-00-2.004.-
D E C R E T O N° 0206.05.007 .-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 Marzo 2005.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley, la Ordenanza N° 4187/2004, sancionada por el Concejo Deliberante de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 28 celebrada el día 22 de Diciembre de 2004, mediante la cual y en virtud de lo dispuesto en el Artículo 45° Inciso a) y b) del Código Tributario Municipal (Ordenanza N° 3.898/03) en vigencia, se exime del pago de la Tasa por los Servicios de Recolección de Residuos, Barrido, Limpieza de Calzada, Transporte, Disposición Final y Gestión de Cobranzas que brinda la Empresa LIMSA S.A., al Señor CIRILO DIAZ, por el inmueble de su propiedad, individualizado como Circunscripción 1, Sección 11, Lote 9, Manzana 48, Padrón N° 16911, ubicado en Zapaleri N° 135 del Barrio Los Ceibos; correspondiente a los periodos 1.998, 1.999, 2.000, 2.001, 2.002, 2.003 y 2.004.
ARTICULO 2°.- Consecuentemente con lo dispuesto en el Artículo anterior, téngase por instrumento legal, cúmplase, comuníquese, y regístrese la Ordenanza Municipal N° 4.187/2004, remitiéndose copia de la misma y del presente Decreto, mediante nota de estilo para conocimiento del Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, y al Boletín Oficial para su publicación por el término de Ley.-
ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
30 MARZO S/C







