BOLETÍN OFICIAL Nº 23 – 30/03/05
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
E X P T E. N° 16-0-18674-00-2.004.-
D E C R E T O N° 0207.05.007.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 Marzo 2005.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley, la Ordenanza N° 4161/2004, sancionada por el Concejo Deliberante de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 27 celebrada el día 16 de Diciembre de 2004, mediante la cual se exime del pago de la Tasa por Derecho de Construcción y Relevamiento de Planos a la Sede Social del Centro Vecinal “Alto Gorriti”, por el inmueble de su propiedad ubicado en calle Purmamarca esq. Dr. Horacio Guzmán N° 986 del Barrio Gorriti de esta Ciudad.
ARTICULO 2°.- Consecuentemente con lo dispuesto en el Artículo anterior, téngase por instrumento legal, cúmplase, comuníquese, y regístrese la Ordenanza Municipal N° 4.161/2004, remitiéndose copia de la misma y del presente Decreto, mediante nota de estilo para conocimiento del Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, y al Boletín Oficial para su publicación por el término de Ley.-
ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
30 MARZO S/C







